Nación · Ley N° 27065

Ley 27065 - TRADUCCIONES Y ADAPTACIONES DE OBRAS DE AUTORES EXTRANJEROS.

Estado no verificadoSanción: 10/12/2014Publicación B.O.: 15/01/2015Organismo: HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente oficial: InfoLEG. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

InfoLEG - Ministerio de Economía y Finanzas Públicas - Argentina OBRAS TEATRALES Ley 27.065 Traducciones y Adaptaciones de Obras de Autores Extranjeros. Sancionada: Diciembre 10 de 2014 Promulgada de Hecho: Enero 09 de 2015 El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley: ARTÍCULO 1° — A los fines del alcance del decreto-ley 1251 de fecha 4 de febrero de 1958, modificado por el decreto-ley 6066 de fecha 25 de abril de 1958 y ratificados por la ley 14.467, a partir de la sanción de la presente ley, deberán entenderse como obras teatrales de autor nacional a las traducciones y adaptaciones de obras teatrales de autor extranjero realizadas por traductores y/o adaptadores argentinos o extranjeros con no menos de cinco (5) años de residencia en el país. ARTÍCULO 2° — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE. — REGISTRADA BAJO EL Nº 27.065 — JULIAN A. DOMINGUEZ. — JUAN H. ESTRADA. — Lucas Chedrese. — Juan C. Marino.