Provincia de Buenos Aires · Ley N° 12482

Ley 12482/2000 - DECLARA DE UTILIDAD PÚBLICA Y SUJETO A EXPROPIACIÓN EL INMUEBLE UBICADO EN LA CIUDAD DE LA PLATA; CIRCUNSCRIPCIÓN I; SECCIÓN A; MANZANA 39; PARCELA 6ª. TRANSFIERE EL INMUEBLE AL MINISTERIO DE SALUD PARA "HOSPITAL ROSSI".

Estado no verificadoPublicación B.O.: 07/09/2000
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ley 12482 LEY 12.482 El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires sancionan con fuerza de LEY Art. 1º - Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble ubicado en la ciudad de La Plata, designado catastralmente como: Circunscripción I, Sección A, Manzana 39, Parcela 6a, inscripto su dominio en la matrícula número 153.101 (055) a nombre de Alicia Ester Aguirre, Pablo Fernando Delía, Rubén Enrique del Zotto, Miguel Angel Díaz, Rina Dolores Escola, José Froilán Firpo, Juan Alberto Gallegos, Justina Elba Gallegos, Alicia Guerresi, Ricardo Alberto Mottesi, Ernesto Danté Negronida, Antonio Silvio Palmitano, Nora Sylvia Palmitano, César Francisco Pera Ocampo, Manuel Rollhaiser, Dora Silvana Serfaty, Edmundo Soule, Carlos Alberto Vieyra, Nora Susana Vieyra, Rosana Camilletti, Arturo Hoya, Silvina Marcela Carri Saraví y de quien o quienes resulten ser sus legítimos propietarios. Art. 2º - El inmueble expropiado será transferido al Ministerio de Salud, con destino a la construcción de la infraestructura que brinde el espacio físico necesario para la ampliación y mejoramiento de los servicios que presta a la comunidad el Hospital Interzonal General de Agudos "Dr. Rodolfo Rossi", permitiendo, de este modo, dentro de la infraestructura existente, el mantenimiento y ampliación del área de internación del mencionado nosocomio. Art. 3º - La erogación que demande el cumplimiento de la presente Ley será atendida con cargo a la cuenta especial Fondo Provincial de Salud, Decreto Ley 8.801/77. Art. 4º - Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los veintinueve días del mes de junio de dos mil. FELIPE C. SOLA Presidente H. Senado Eduardo Horacio Griguoli Secretario Legislativo H. Senado FRANCISCO J. FERRO Presidente H. C. Diputados Juan Carlos López Secretario Legislativo H. C. Diputados DECRETO 2.936 La Plata, 30 de agosto de 2000 Cúmplase, comuníquese, publíquese, dese al Registro y "Boletín Oficial" y archívese. RUCKAUF R. A. Othacehé REGISTRADA bajo el número DOCE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS (12.482) Gines Ruiz Secretario Legal y Técnico de la Gobernación