Nación · Ley N° 26729

Ley 26729 - PRORROGASE HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2013 LA VIGENCIA DE LA LEY N° 26.204.

Estado no verificadoSanción: 21/12/2011Publicación B.O.: 28/12/2011Organismo: HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente oficial: InfoLEG. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

InfoLEG - Ministerio de Economía y Finanzas Públicas - Argentina EMERGENCIA PUBLICA Ley 26.729 Prorrógase hasa el 31 de diciembre de 2013 la vigencia de la ley 26.204. Sancionada: Diciembre 21 de 2011 Promulgada: Diciembre 27 de 2011 El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley: ARTICULO 1º - Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2013 la vigencia de la Ley 26.204 prorrogada por sus similares 26.339, 26.456 y 26.563. ARTICULO 2º - La presente ley entrará en vigencia a partir del 1º de enero de 2012. ARTICULO 3º - Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTIUN DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL ONCE. REGISTRADA BAJO EL N° 26.729 - AMADO BOUDOU.- JULIAN A. DOMINGUEZ. - Gervasio Bozzano. - Juan H. Estrada.