Provincia de Buenos Aires · Ley N° 11699
Ley 11699/1995 - INSTITúYESE EL PREMIO "HONORABLE SENADO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES AL MéRITO POLICIAL", EL QUE SE OTORGARá, TODOS LOS 13 DE DICIEMBRE DE CADA AñO (DíA DE LA POLICíA BONAERENSE).(MEDALLA-POLICÍA DEL AÑO)
Ley 11699 LEY 11699 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTICULO 1.- Institúyese el premio "Honorable Senado de la Provincia de Buenos Aires al Mérito Policial", el que se otorgará, todos los 13 de diciembre de cada año (Día de la Policía Bonaerense), a las siguientes categorías: a) Medalla de oro de 12 gramos con el nombre de beneficiario, escudo policial, fecha y la mención: "Premio Honorable Senado de la Provincia de Buenos Aires al Mérito Policial" el que se otorgará al mejor hombre entre los oficiales (hasta el grado de Comisario inclusive), Suboficiales y Tropa, de cada una de las Regionales Bonarenses, por la mejor labor en pos del cumplimiento de su deber y salvaguardia de la Comunidad, que designe la Honorable Cámara de entre las ternas que por Resolución eleve cada Jefatura Regional antes del 30 de octubre de cada año. b) Una medalla de oro de 18 gramos con el nombre del beneficiario y con idénticas inscripciones que la anterior, la que se otorgará al hombre que resulte entre todos los anteriores, como "POLICÍA DEL AÑO", el que será designado por la Honorable Cámara. ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.