Nación · resolución N° Conjunta 35/2026 MINISTERIO DE ECONOMIA Resolución
HABERES MENSUALES - FIJANSE
InfoLEG - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos - Argentina MINISTERIO DE ECONOMÍA Y MINISTERIO DE DEFENSA Resolución Conjunta 35/2026 RESFC-2026-35-APN-MD Ciudad de Buenos Aires, 17/07/2026 Visto el expediente EX-2026-60895514- -APN-SSGA#MD, la Reglamentación del Capítulo IV - Haberes – del Título II de la Ley para el Personal Militar N° 19.101, aprobada por el decreto 1081 del 31 de diciembre de 1973, y el decreto ley 5177 del 18 de abril de 1958 por el que se aprobó el Estatuto de la Policía de Establecimientos Navales y su reglamentación, y CONSIDERANDO: Que mediante la resolución conjunta 10 del 30 de marzo de 2026 del Ministerio de Economía y del Ministerio de Defensa (RESFC-2026-10-APN-MD) se fijó el “Haber Mensual” del Personal Militar de las Fuerzas Armadas y del Personal de la Policía de Establecimientos Navales para los meses de enero a mayo de 2026. Que en virtud de la evaluación escalafonaria correspondiente al personal militar de las Fuerzas Armadas y de la Policía de Establecimientos Navales resulta necesario fijar una nueva escala de haberes en el marco de los criterios adoptados para la Administración Pública Nacional para los meses de junio, julio y agosto 2026. Que, en tal contexto, se estima procedente determinar los nuevos importes correspondientes al “Haber Mensual” del personal militar de las Fuerzas Armadas y de la Policía de Establecimientos Navales para los meses de junio, julio y agosto 2026. Que ha tomado la intervención que le compete la Comisión Técnica Asesora de Política Salarial del Sector Público. Que los servicios jurídicos permanentes del Ministerio de Defensa y del Ministerio de Economía han tomado la intervención de su competencia. Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones contempladas en los apartados 1) y 2) del inciso g del artículo 3º del decreto 101 del 16 de enero de 1985, sustituidos mediante los artículos 6º del decreto 954 del 23 de noviembre de 2017 y 10 del decreto 1086 del 29 de noviembre de 2018. Por ello, EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y EL MINISTRO DE DEFENSA RESUELVEN: ARTÍCULO 1°.- Fíjase el “Haber Mensual” del Personal Militar de las Fuerzas Armadas para los meses de junio, julio y agosto 2026, conforme los importes que para las distintas jerarquías se detallan en el anexo I (IF-2026-67090376-APN-SSGA#MD) que integra la presente medida. ARTÍCULO 2°.- Fíjase el “Haber Mensual” del Personal de la Policía de Establecimientos Navales para los meses de junio, julio y agosto de 2026, conforme los importes que para las distintas jerarquías se detallan en el anexo II (IF-2026-67090399-APN-SSGA#MD) que integra la presente medida. ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por la presente resolución será atendido con los créditos correspondientes a las subjurisdicciones respectivas del Presupuesto General de la Administración Pública Nacional del Ministerio de Defensa. ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Luis Andres Caputo - TG Carlos Alberto Presti NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución Conjunta se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar- e. 21/07/2026 N° 50877/26 v. 21/07/2026 ( Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: AnexoI , AnexoII )