Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 160
APRUEBA - PLIEGOS DE CONDICIONES PARTICULARES - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS - LICITACIÓN PÚBLICA N° 8811-0058-LPU23 - CONTRATACIÓN - OBRA PÚBLICA - PLAN DE RECUPERACIÓN VIAL DE LA CIUDAD - PREVIAL) - ETAPA VI - AUTORIZA LLAMADO - DELEGA FACULTADES - MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO
VISTO: La Ley N° 6246 (texto consolidado por Ley N° 6588), los Decretos Nros. 127/14, 60 /21, 152/21, 204/22, las Disposiciones Nros. 2-DGCCYA/21, 8- DGCCYA/2021, 9-DGCCYA/2021, 20-DGCCYA/2022, los Expedientes Electrónicos Nros. 19415086- GCABA-EMUI/23 y 19559274-GCABA-DGTALMEPHU/23, y CONSIDERANDO: Que, por la actuaciones citadas en el Visto, tramita la Licitación Pública N° 8811-0058- LPU23, para la contratación de la obra pública "Plan de Recuperación Vial de la Ciudad (PREVIAL) Etapa VI" al amparo de lo establecido por la Ley N° 6246 (texto consolidado por Ley N° 6588) y los Decretos Nros. 60/21, modificado por el Decreto N° 204/22 y 152/21; Que la referida Licitación tiene por objeto la rehabilitación y mantenimiento de la red vial, los cierres de aperturas de empresas de servicios públicos en el marco de la Ley N° 5901 (texto consolidado por Ley N° 6588) en calzada y el mantenimiento de las ciclovías y bicisendas dentro del ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, a los fines propuestos, corresponde adoptar las acciones pertinentes para la realización de la contratación de la obra de referencia; Que, al respecto, el plazo de ejecución de la obra es de cuarenta y ocho (48) meses, contados a partir de la suscripción del Acta de Inicio; Que el presupuesto oficial de la referida obra asciende a la suma de PESOS CIENTO TREINTA Y SEIS MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL NOVECIENTOS ONCE CON 23/100 ($ 136.559.450.911,23); Que la Ley N° 6246 establece el "Régimen de Contrataciones de Obra Pública" que debe observar el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en todos los contratos de obra pública que se celebren y/o ejecuten en la Ciudad; Que por el Decreto N° 60/21, modificado por el Decreto N° 204/22, se aprobó la reglamentación de la citada Ley N° 6246 (texto consolidado por Ley N° 6588) y se fijaron los niveles de decisión y cuadro de competencias de los procedimientos de selección para la contratación de obra pública, conforme se detalla en los