Provincia de Buenos Aires · Decreto-ley N° 3260
Decreto-ley 3260/1958 - (DECRETO-LEY 3260/958)DECLARANDO DE UTILIDAD PUBLICA INMUEBLE EN MORENO.
DECRETO-LEY N° 3.260 Declarando de utilidad publica inmueble en Moreno La Plata, 19 de marzo de 1958. Visto el expediente 2.600-8.705/55, del Ministerio de Educación, y su agregado 2.100-3.277/56, de la Gobernación, Secretaría General por el cual se gestiona la expropiación de un inmueble ubicado en el partido de Moreno, afectado por la construcción del edificio fiscal destinado a la Escuela N° 4, de este distrito, y — Considerando: . Que la construcción del edificio de la citada escuela se halla iniciada desde el 16 de noviembre de 1956. Que según lo informado por la Fiscalía de Estado, a foja 6, en el juicio caratulado “Fisco de la Provincia c/Marinelli Silvio y otro sobre expropiación”, fue declarada perimida la instancia, haciéndose necesario una nueva declaración de utilidad pública y disponer la expropiación del bien de que se trata. : Que se ha dado intervención previa a la Comisión Técnica Ase- sora Interministerial, en. cumplimiento a lo estatuído por los decretos- leyes 6.092 y 7.053, de 1956. Que haciéndose cumplimentar los requisitos legales exigidos por el artículo 4%, de la ley 5.708, General de Expropiaciones, corres- ponde declarar la utilidad pública del inmueble mencionado. Por ello, oídas las opiniones de la Contaduría de la Provincia, del señor Asesor General de Gobierno y señor Fiscal de Estado, el Interventor Federal de la provincia de Buenos Aires, en ejercicio del . Poder Legislativo — DECRETA CON FUERZA DE LEY: Art. 19 Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación, el inmueble ubicado en la intersección de las calles Ituzaingó y Leandro N. Alem, de la localidad de Moreno, partido del mismo nombre, de- signado, según título, como lote 7, y por Catastro, como circunscrip- ción 1, sección B, manzana 145, parcela 2g, de trescientos veintiún; metros con treinta y siete decímetros cuadrados (321,37 m*) de superficie, inscripto en el Registro de la Propiedad bajo el número 841, año 1950, del partido de Moreno, Guía de Contribuyentes número 17.067, propiedad de los señores Silvio Marinelli y Domingo Reitano, todo de acuerdo al plano aprobado por la Dirección de Geodesia, número 74-69-48, y afectado por la construcción del edificio fiscal para la Escuela N° 4 del precitado partido. Art, 22 Ofrécese como precio del inmueble y toda indemnización la suma de treinta y seis mil treinta pesos con setenta y dos centa- vos moneda nacional ($ 36.030,72 ™4), que resulta de la tasación administrativa practicada por la Dirección de Construcciones, del Departamento de Educación, a foja 15. Art. 39 Autorízase a la Contaduría de la Provincia a registrar la; suma de treinta y seis mil treinta pesos con setenta y dos centavos moneda nacional ($ 36.030,72 ™%), en la cuenta “Plan de Trabajos Públicos, año 1957, decreto 552|957, Capítulo I, Título I, Anexo VIT, Rubro II”. iArt. 40 Establécese que por intermedio del Ministerio de Educa- ción se realizarán las gestiones pertinentes para cumplimentar lo dispuesto por el artículo 7°, de la Ley General de Expropiaciones, 5.708. Art. 5° El presente decreto-ley será refrendado por todos los ministros, en Acuerdo General. Art, 6% Dése cuenta, oportunamente, a la Honorable Legislatura. Art. 7° Comuníquese, publíquese, dése al Registro y “Boletín G Oficial”, notifíquese al señor Fiscal de Estado, tome conocimiento la Contaduría de la Provincia y pase al Ministerio de Educación a los efectos determinados en el artículo 42 del presente decreto-ley. BONNECARRERE. E. Z. DE DECURGEZ, JUAN R. AGUIRRE LANARI, E. Cortés, JAIME E. Ruiz, RODOLFO A. EYHERABIDE, A. R. REYNAL O'CONNOR.