Provincia de Buenos Aires · Decreto-ley N° 7580
Decreto-ley 7580/1969 - DECLARANDO A LA ISLA MARTÍN GARCÍA PARQUE Y RESERVA RECREATIVA PROVINCIAL SOMETIDO AL RÉGIMEN PRESCRIPTO POR LA LEY 5254 Y MODIFICATORIAS. SUSTITUYE EL ARTICULO 2 E INCORPORA EL ARTICULO 3 A LA LEY 5838 -JURISDICCIÓN PROVINCIAL SOBRE LA ISLA MARTÍN GARCÍA-.
Reformas y relaciones normativas
3- Ley 12103/1998 - DECLARANDO RESERVA NATURAL DE USO MÚLTIPLE A LA ISLA MARTÍN GARCÍA.-
- Ley 5254/1948 - (DEROGADA POR LEY 14209) (VER ART 42 DE LA LEY 14209 EN CUANTO A SU DEROGACIóN) DIRECCIóN DE TURISMO Y PARQUES.
- Ley 5254/1948 - (DEROGADA POR LEY 14209) (VER ART 42 DE LA LEY 14209 EN CUANTO A SU DEROGACIóN) DIRECCIóN DE TURISMO Y PARQUES.
Decreto-ley 7580/1969 DECRETO-LEY 7580/69 Declarando a la Isla Martín García parque y reserva recreativa provincial sometido al régimen prescripto por la Ley 5254 y sus modificatorias Visto el decreto 2091/969, que autoriza a los gobiernos provinciales a ejercer las facultades legislativas conferidas por el artículo 9° del estatuto de la Revolución Argentina sin necesidad de recabar autorización al Gobierno Nacional, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONA Y PROMULGA CON FUERA DE LEY ARTICULO 1.- Sustituyese el artículo 2° de la Ley 5838 por el siguiente: Articulo 2.- La Isla Martín García formará parte del partido de La Plata a los efectos jurisdiccionales y legales. ARTICULO 2.- Incorpórase a la Ley 5838 a continuación de su artículo 3°, el siguiente nuevo articulo Artículo nuevo.- Declárase a la Isla Martín García parque y reserva recreativa provincial sometido al régimen prescripto por la Ley 5254 y sus modificatorias ARTICULO 3.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley, se atenderán con cargo a Rentas Generales. ARTICULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.