Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 99
DESIGNACIÓN DE FUNCIONARIOS - DIRECTORES GENERALES - MARCELO CLAUDIO BOUZAS - DIRECCIÓN GENERAL ASUNTOS GREMIALES Y FORMACIÓN SINDICAL - SUBSECRETARÍA TRABAJO INDUSTRIA Y COMERCIO - MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y PRODUCCIÓN - HERNAN EMILIO NAJENSON - DIRECCIÓN GENERAL MICRO PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS - SUBSECRETARÍA MICRO PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS - MATIAS DANIEL MIGUEL PANTANALI - VICEPRESIDENTE DEL DIRECTORIO CORPORACIÓN BUENOS AIRES SUR SE
VISTO: Las leyes Nros. 470 (Texto Consolidado Ley 6017) y 6.292, el Decreto N° 463/19 y el Expediente Electrónico N° 05123810-GCABA-DGTALMDEP/20, y CONSIDERANDO: Que, por Ley N° 6.292, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, el artículo 2° de la citada Ley contempla entre los Ministerios del Poder Ejecutivo al Ministerio de Desarrollo Económico y Producción; Que, por Decreto N° 463/19, se aprobó la estructura orgánico funcional, dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, del citado Ministerio; Que, mediante la Ley N° 470 se creó la Corporación Buenos Aires Sur Sociedad del Estado, estableciendo que la dirección y administración de la Sociedad estará a cargo de un Directorio compuesto por un Presidente, un Vicepresidente, cinco Vocales titulares y cinco Vocales suplentes designados por el Poder Ejecutivo de la Ciudad de Buenos Aires; Que, en consecuencia el señor Ministro de Desarrollo Económico y Producción propicia las designaciones de las personas que se detallan en el Anexo IF-2020- 06386526-GCABA-DGTALMDEP que, a todos sus efectos, forma parte integrante del presente; Que, conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente. Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Desígnanse las personas que se detallan en el Anexo IF -2020-06386526- GCABA-DGTALMDEP, el que a todos los efectos forma parte integrante del presente, en los cargos y condiciones que se detallan en el mismo. Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Desarrollo Económico y Producción y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese a los interesados dejando constancia que deberán dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 15 de la Ley N° 4.895 (texto consolidado según Ley N° 6.017), comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Económico y Producción. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Giusti - Miguel