Provincia de Buenos Aires · Decreto-ley N° 9902
Decreto-ley 9902/1983 - (DEROGADA POR LEY 10586) ESTABLECE AL MINISTERIO DE SALUD COMO AUTORIDAD DE APLICACION EN EL TERRITORIO DE LA PROVINCIA DE LAS DISPISICIONES DE LA LEY NACIONAL 21541.
Decreto-ley 9902/1983 DEROGADA POR LEY 10586 DEC- LEY 9902/83 LA PLATA, 6 de ENERO de 1983. VISTO lo actuado en el expediente número 2240-500/82 y el Decreto Nacional número 877/80; en ejercicio de las facultades legislativas conferidas por la Junta Militar, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- El Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires será la autoridad de aplicación en todo el Territorio Provincial, de las disposiciones del artículo 8 de la Ley Nacional N° 21541. ARTÍCULO 2.- Será de competencia de dicho Ministerio la inspección y evaluación de los servicios o establecimientos oficiales y privados a fin de determinar si satisfacen las condiciones de inscripción que exige la Ley Nacional Nº 21541. A tal efecto, podrá hacer uso de las atribuciones que en materia de Policía Sanitaria le acuerdan las Leyes Provinciales. ARTÍCULO 3.- El Poder Ejecutivo reglamentará la presente Ley dentro de los noventa (90) días de su sanción, y en base a los estudios y proyectos que proponga la autoridad de aplicación. ARTÍCULO 4.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.