Provincia de Buenos Aires · Ley N° 12730
Ley 12730/2001 - DECLáRANSE DE UTILIDAD PúBLICA Y SUJETOS A EXPROPIACIóN INMUEBLES UBICADOS EN EL PARTIDO DE FLORENCIO VáRELA, CON DESTINO A LA ESCUELA N° 10 PARA EL FUNCIONAMIENTO DE UN CAMPO DE DEPORTES.
Ley 12730 12.730 EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE L E Y ARTICULO 1°.- Decláranse de utilidad pública y sujetos a expropiación los inmuebles ubicados entre las calles Chaco y Uruguay, del partido de Florencio Várela, identificados catastralmente como: Circunscripción II, Sección A, Manzana 46, Parcelas 1,2,3, 4, 5, 6, 32, 33, 34, 35 y 36, y que les pertenecen por ser legítimos herederos a Luis Ibero y Carmen Balducci. ARTICULO 2°.- Una vez agotados los trámites administrativos o judiciales a que hubiere lugar, los inmuebles citados en el artículo anterior serán transferidos a la Dirección General de Cultura y Educación , con destino a la Escuela N° 10 del distrito de Florencio Várela, con destino al funcionamiento de un campo de deportes. ARTICULO 3°.- El Organismo de Aplicación de la presente Ley será determinado por el Poder Ejecutivo. ARTICULO 4°.- Autorízase al Poder Ejecutivo para efectuar en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos para el ejercicio vigente las adecuaciones presupuestarias que resulten necesarias para el cumplimiento de la presente Ley. ARTICULO 5°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo