Nación · Ley N° 11902

Ley 11902 - OBJETO CUMPLIDO-CREACION DE ESCUELA DE GUERRA NAVAL

Estado no verificadoSanción: 07/09/1934Publicación B.O.: 26/09/1934Organismo: HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente oficial: InfoLEG. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ministerio de Marina Ministerio de Marina Ley N° 11.902 Creación de la Escuela de Guerra Naval El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de LEY: Artículo 1°. - Autorízase al Poder Ejecutivo para crear la Escuela de Guerra Naval y a invertir hasta la suma de cien mil pesos moneda nacional para hacer frente a los gastos que demande su instalación y funcionamiento durante el corriente año. Art. 2°. - Estos gastos se harán de rentas generales con imputación a la presente ley. Art. 3°. - Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a siete días del mes de Septiembre de mil novecientos treinta y cuatro. R. PATRON COSTAS Gustavo Figueroa A. R. FERREIRA L. Zavalla Carbó Registrada bajo el N° 11.902. 1035-657 POR TANTO: Téngase por Ley de la Nación, cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro Nacional y archívese. JUSTO