Nación · Ley N° 647
Ley 647 - AUTORIZA AUMENTAR EL NUMERO DE ASPIRANTES Y GUARDIAS MARINAS DE LA ESCUELA NAUTICA
InfoLEG - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos - Argentina Ley N° 647 Autorizando al Poder Ejecutivo para aumentar el número de aspirantes y guardias marinas de la Escuela Náutica. Departamento de Guerra y Marina .- Buenos Aires, Octubre 4 de 1873.- Por cuanto: El Congreso Nacional ha sancionado la siguiente ley: El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso, sancionan con fuerza de LEY: Art. 1°.- Autorizase al Poder Ejecutivo para aumentar el número de aspirantes y guardias marinas de la escuela Náutica, y proveer además de una dotación de marineros de guerra con la instrucción necesaria al servicio de buques. Art. 2°.- Los gastos que requiera la ejecución de esta ley, serán atendidos con las renta generales. Art. 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, á primero de Octubre de mil ochocientos setenta y tres.- MANUEL QUINTANA.- Carlos M. Saravia, Secretario del Senado de la Cámara de Diputados. Por tanto: Cúmplase, comuníquese, publíquese y dése al Registro Nacional.- SARMIENTO.- Uladislao Frias.