Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 114

SE DEROGA - DECRETO N° 186/12 - SE DELEGA EN - JEFE DE GABINETE DE MINISTROS - FACULTAD DE - DESIGNAR Y REMOVER - REPRESENTANTE DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - CONSEJO HÍDRICO FEDERAL - COHIFE

Estado no verificadoPublicación B.O.: 04/04/2022Organismo: GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Fuente oficial: Boletín Oficial CABA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

VISTO: La Ley N° 6.292 (texto consolidado por ley N° 6.347), los Decretos Nros. 678/08, 186/12 y 463/19 y modificatorios, el Expediente Electrónico Nro. EX-2022- 11839875-GCABA-SSOBRAS, y CONSIDERANDO: Que el Consejo Hídrico Federal (COHIFE) se creó en el 2002 como resultado de un acuerdo entre la Nación y las provincias a fin de que exista una instancia de participación federal integrada por los representantes de esas jurisdicciones con responsabilidad directa de la gestión hídrica; Que, oportunamente, los representantes de las jurisdicciones provinciales suscribieron el Acta Constitutiva del Consejo Hídrico Federal (COHIFE) como ámbito de discusión, concertación y coordinación de la política hídrica en el que participan las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que mediante Decreto N° 678/08 se dispuso la adhesión del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires al Acta Constitutiva y a la Carta Orgánica del Consejo Hídrico Federal (COHIFE) que fuera suscripta en la Ciudad de Buenos Aires el 27 de marzo de 2003; Que a través del Decreto N° 186/12 se delegó en el entonces Ministro de Desarrollo Urbano la facultad de designar y remover al representante del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el Consejo Hídrico Federal (COHIFE); Que por la Ley N° 6.292 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires contemplando, entre los Ministerios del Poder Ejecutivo, a la Jefatura de Gabinete de Ministros y al Ministerio de Gobierno; Que corresponde al Ministerio de Gobierno coordinar con los distintos Ministerios, Secretarías y Entes específicos competentes, las políticas de los organismos inter- jurisdiccionales en los que la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sea parte; Que por el Decreto N° 463/19, y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico funcional, dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando a la Subsecretaría de Obras de la Secretaría de Transporte y Obras Públicas dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros; Que el mencionado Decreto establece entre las responsabilidades primarias de la Subsecretaría de Obras, dependiente de la Secretaría de Transporte y Obra Pública, las de planificar y ejecutar las obras de ingeniería hidráulica, como así también representar al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ante organismos nacionales y provinciales en temas concernientes a obras interjurisdiccionales; Que la participación de la Ciudad en el Consejo Hídrico Federal (COHIFE) debe efectuarse a través de un representante de probada trayectoria en el marco de la gestión pública y administración de la Ciudad en el ámbito hidráulico, para un correcto intercambio y difusión de posibles acciones conjuntas; Que, conforme lo expuesto, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente. Por ello, en virtud de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Derógase el Decreto N° 186/12. Artículo 2°.- Delégase en el señor Jefe de Gabinete de Ministros, la facultad de designar y remover al representante del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el Consejo Hídrico Federal (COHIFE). Artículo 3°.- El presente decreto es refrendado por el señor Ministro de Gobierno y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y al Ministerio de Gobierno y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Jefatura de Gabinete de Ministros. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Macri - Miguel Relaciones Tipo de relación Norma relacionada Detalle COMPLEMENTA DECRETO 678 2008 <p>Artículo 2° del Decreto N° 114/22 delega en el señor Jefe de Gabinete de Ministros, la facultad de designar y remover al representante del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el Consejo Hídrico Federal (COHIFE), adherido mediante el Decreto N° 678/08.</p> DEROGA DECRETO 186 2012 <p>Artículo 1° del Decreto N° 114/22 deroga el Decreto N° 186/12.</p>