Provincia de Buenos Aires · Ley N° 12039

Ley 12039/1997 - DECLáRASE DE UTILIDAD PúBLICA Y SUJETO A EXPROPIACIóN UN INMUEBLE UBICADO EN LA CIUDAD DE CORONEL SUAREZ, PARTIDO DEL MISMO NOMBRE, CON DESTINO A LA AMPLIACIóN DEL "CENTRO EDUCATIVO COMPLEMENTARIO N° 801".

Estado no verificadoPublicación B.O.: 31/12/1997
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ley 12039 LEY 12039 EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTICULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble ubicado en la ciudad de Coronel Suarez , partido del mismo nombre, designado catastralmente como: Circunscripción I, Sección A, Manzana 58, Parcela I, inscripto su dominio en la Matrícula 11.749, a nombre de DEJEAN, Lorenzo Emilio y/o quien o quienes resulten ser sus legítimos propietarios. ARTICULO 2.- El inmueble expropiado será transferido a la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, con destino a la ampliación del "Centro Educativo Complementario N° 801" de la ciudad de Coronel Suárez. ARTICULO 3.- Autorízase al Poder Ejecutivo para efectuar en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos para el Ejercicio vigente, las adecuaciones presupuestarias que resulten necesarias para el cumplimiento de la presente Ley. ARTICULO 4.- Autorízase al Poder Ejecutivo para solicitar se requiera judicialmente la posesión inmediata del bien declarado de utilidad pública y sujeto a expropiación conforme lo dispuesto en el 23° y concordantes de la Ley General de Expropiaciones N° 5.708. ARTICULO 5.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.