Nación · Ley N° 25499
Ley 25499 - CREANSE UNA FISCALIA DE PRIMERA INSTANCIA Y UNA DEFENSORIA PUBLICA DE MENORES E INCAPACES, QUE ACTUARAN ANTE EL JUZGADO FEDERAL DE PRIMERA INSTANCIA DE AZUL, CON ASIENTO EN LA CIUDAD DE TANDIL, Y LOS CARGOS DE FISCAL, DEFENSOR PUBLICO DE MENORES E INCAPACES Y DE FUNCIONARIOS Y EMPLEADOS.
INFOLEG JUSTICIA Ley 25.499 Créanse una Fiscalía de Primera Instancia y una Defensoría Pública de Menores e Incapaces, que actuarán ante el Juzgado Federal de Primera Instancia de Azul, con asiento en la ciudad de Tandil, y los cargos de Fiscal, Defensor Público de Menores e Incapaces y de Funcionarios y Empleados Sancionada: Octubre 24 de 2001. Promulgada de Hecho: Noviembre 19 de 2001. El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley: ARTICULO 1° — Créase una Fiscalía de Primera Instancia y una Defensoría Pública de Menores e Incapaces, que actuarán ante el Juzgado Federal de Primera Instancia de Azul, con asiento en la ciudad de Tandil, provincia de Buenos Aires. ARTICULO 2° — Créanse los cargos de Fiscal, Defensor Público de Menores e Incapaces y de los Funcionarios y Empleados a que se refiere el Anexo I, el que forma parte de la presente ley. ARTICULO 3° — Los recursos que demande el cumplimiento de la presente ley, serán incluidos en el Presupuesto General para la Administración Pública, con imputación al Ministerio Público, a partir del próximo ejercicio. ARTICULO 4° — Comuníquese al Poder Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE DOS MIL UNO, — REGISTRADO BAJO EL N° 25.499 — RAFAEL PASCUAL. — MARIO A. LOSADA. — Roberto C. Marafioti. — Juan C. Oyarzún.
ANEXO I
MINISTERIO PUBLICO Fiscal de Primera Instancia 1 Prosecretario Administrativo 1 Auxiliar Superior de Sexta 1 Defensor Público de Menores e Incapaces 1 Prosecretario Administrativo 1 Auxiliar superior de Sexta 1 SUBTOTAL 6 TOTAL 6