Provincia de Buenos Aires · Ley N° 15111

Ley 15111/2019 - PRORROGA POR EL PLAZO DE 180 DÍAS, A PARTIR DE LA FECHA DE SU VENCIMIENTO, LAS ACCIONES JUDICIALES TENDIENTES AL DESALOJO DE LA UNIÓN EX COMBATIENTES DE LAS ISLAS MALVINAS ARGENTINAS, POR LA LEY 15043 .

Estado no verificadoPublicación B.O.: 17/01/2019
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Ley 15111 LEY 15111 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1°.- Prorrógase por el plazo de ciento ochenta (180) días, a partir de la fecha de su vencimiento, la vigencia de la Ley N° 15043. ARTICULO 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los trece días del mes de Diciembre del año dos mil dieciocho.