Provincia de Buenos Aires · Ley N° 5508
Ley 5508/1949 - SUBSIDIO A LA BIBLIOTECA POPULAR ROQUE SAENZ PEÑA DE CARLOS TEJEDOR.
Ley 5508 LEY 5508 Subsidio a la Biblioteca Popular “Roque Sáenz Peña”, de Carlos Tejedor. EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Acuérdase a la Biblioteca Popular “Roque Sáenz Peña” del Partido de Carlos Tejedor en calidad de subsidio la cantidad de veinticinco mil pesos moneda nacional ($ 25.000 m/n ) con destino a la ampliación de su edificio social, construyendo una sala de conferencias, local de secretaría y dependencias y para compra de muebles, útiles y libros, con cargo de oportuna rendición de cuentas a la Contaduría de la Provincia. ARTÍCULO 2.- El gasto que origine el cumplimiento de ésta Ley se abonará de Rentas Generales con imputación a la misma. ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.