Provincia de Buenos Aires · Ley N° 5104

Ley 5104/1946 - DESTINA A LA DIRECCIÓN GENERAL DE ESCUELAS, BIENES MUEBLES E INMUEBLES DE LA EX SOCIEDAD EVANGÉLICA LUTERANA DE SANTA TRINIDAD, UBICADA EN LA LOCALIDAD DE VILLA IRIS, PARTIDO DE PUÁN.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 30/11/1946
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ley 5104 LEY 5104 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Destínase a la Dirección General de Escuelas de la Provincia , todos los bienes muebles e inmuebles de la ex Sociedad Evangélica Luterana de Santa Trinidad, ubicada en la localidad de Villa Iris, partido de Puán , de la Provincia de Buenos Aires. ARTÍCULO 2.- La Dirección General de Escuelas, estudiará por intermedio de sus organismos técnicos, la posibilidad de emplear todo el patrimonio citado en el artículo 1°, en beneficio de las Escuelas de la referida localidad o de cualquier institución de la misma, que cumpla una misión vinculada con la enseñanza. ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.