Provincia de Buenos Aires · Ley N° 10192
Ley 10192/1984 - DECLARASE CIUDAD A LA LOCALIDAD DE TREINTA DE AGOSTO, PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN.
[Pagina 1] : = O . “e e me A . | LEY 10.192 | ' Declarando ciudad a la localidad de Treinta de Agosto, partido de Ñ Trenque Lauquen. El Senado y Cámara de Diputados de la provincia de Buenos Aires, san- cionan con fuerza de \ LEY { 5 : : Ñ Ñ i Art. 1° Declárase ciudad a la localidad de Treinta de Agosto, partido i de Trenque Lauquen. .. | Art. 2° Comuníquese al Poder Ejecutivo. . { . if Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la provincia de Buenos Aires en la ciudad de : La Plata, a los treinta dias del mes de agosto de mil novecientos ochenta y cuatro. . PASCUAL CAPPELLERI AMILCAR ZUFRIATEGUI i Eduardo O. Apreda Picone Luis Maria Ceruti i Secretario dela C. de DD. Secretario del Senado | TRAMITE LEGISLATIVO 7 . Ki Proyecto del Senado, enirado el 25 de abril de 1984. , Aprobado por el Senado el 19 de julio de 1984. Sancionado por Diputados el 30 de agosto de 1984. . Promutgada el 10 de setiembre de 1984, por Decreto 5850/84. had 1 Publicada en el Boletín Oficial el 24 de setiembre de 1984, . . | i 1 _— 1 ' . 1 5] | iL E |