Provincia de Buenos Aires · Ley N° 8279

Ley 8279/1974 - OBLIGATORIEDAD DE ENSEÑANZA DE EDUCACION VIAL EN LAS ESCUELAS.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 04/12/1974
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ley 8279 LEY 8.279 Texto actualizado con las modificaciones introducidas por Ley 12.661 y 13348. OBLIGATORIEDAD DE ENSEÑANZA DE LA EDUCACION VIAL EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTICULO 1.- (Texto según Ley 13348) Declárase obligatoria la enseñanza de Educación Vial en los establecimientos correspondientes a la Educación Inicial, Educación General Básica y Polimodal, dependientes de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires. Dicha enseñanza deberá cumplirse como asignatura obligatoria y evaluativa en el último año del nivel Polimodal”. · Lo subrayado se encuentra observado por el Decreto de Promulgación nº 1008/05 de la Ley 13348 . ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo