Provincia de Buenos Aires · Ley N° 8366
Ley 8366/1974 - OTORGANDO SUBSIDIOS A REYNALDO ANGEL ROMANO.
Estado no verificadoPublicación B.O.: 16/01/1975
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado.
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Ley 8366 LEY 8366 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Facúltase al Poder Ejecutivo a conceder con carácter de subsidio al señor Reynaldo Angel Romano, la suma de cincuenta mil pesos, destinados a cubrir el gasto total del tratamiento médico a que debe ser sometido. ARTÍCULO 2.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley, serán tomados de Rentas Generales con imputación a la misma. ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.