Provincia de Buenos Aires · Ley N° 11093

Ley 11093/1991 - ESTABLéCESE EL “MES DEL ARBOL” EN EL áMBITO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, DESDE EL 15 DE AGOSTO AL 15 DE SETIEMBRE, A PARTIR DEL AñO 1991. DISPONE ACTIVIDADES DOCENTES.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 22/07/1991
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

DISPONE ACTIVIDADES DOCENTES.

Ley 11093 LEY 11093 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTICULO 1.- Establécese el “Mes del Arbol” en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, desde el 15 de Agosto al 15 de setiembre, a partir del año 1991. ARTICULO 2.- Dentro de las actividades docentes de las Escuelas Primarias dependientes de la Dirección General de Escuelas y Cultura, deberán desarrollarse actividades que incluyan conocimientos sobre: a) Contenidos biológicos y ambientales, que permitan el conocimiento del árbol y su entorno, resaltando la interrelación entre suelo, atmósfera y organismos vivos. b) El árbol en la cultura y en la historia del hombre. ARTICULO 3.- Se deberán desarrollar actividades prácticas, para que los niños, con su dedicación y esfuerzo, obtengan ejemplares arbóreos, con los elementos a su alcance. Los ejemplares así obtenidos, podrán ser plantados por los niños y sus familiares en los espacios públicos que a tales efectos autoricen las autoridades competentes. ARTICULO 4.- Se invita a los Municipios e Instituciones de Bien Público a participar en estas actividades brindando los espacios físicos para la plantación de los ejemplares y las tareas de mantenimiento. ARTICULO 5.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.