Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Ley N° 6608
AUTORIZA EL TRASLADO - MONUMENTO - JUAN MANUEL FANGIO - DE SU ACTUAL EMPLAZAMIENTO - INTERSECCIÓN DE JUANA MANSO Y AZUCENA VILLAFLOR DE PUERTO MADERO - AL PASEO JUAN MANUEL FANGIO - EN LA INTERSECCIÓN DE INTENDENTE BUNGE Y ANDRÉS BELLO DEL PARQUE 3 DE FEBRERO
Estado no verificadoPublicación B.O.: 16/12/2022Organismo: LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Fuente oficial: Boletín Oficial CABA. Snapshot oficial verificado.
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La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de Ley Artículo 1°.- Autorízase el traslado del monumento a Juan Manuel Fangio de su actual emplazamiento en la intersección de Juana Manso y Azucena Villaflor de Puerto Madero, al Paseo "Juan Manuel Fangio" en la intersección de Intendente Bunge y Andrés Bello del Parque 3 de Febrero. Art 2°.- La Asociación Civil Amigos del Paseo Fangio se hará cargo de los gastos correspondientes del artículo 1°. Art 3°.- Comuníquese, etc. Ferrario - Schillagi Relaciones Tipo de relación Norma relacionada Detalle APRUEBA LEY DE APROBACIÓN INICIAL 2022 PROMULGADA POR DECRETO 425 2022