Provincia de Buenos Aires · Decreto-ley N° 436
Decreto-ley 436/1956 - (DEC-LEY 436/56) MODIFICA LA LEY 5806, LEYE GENERAL DE OBRAS PUBLICAS.
e DECRETO-LEY N° 436 La Plata, 18 de enero de 1956. Considerando: Que 1% actual redacción del artículo 73% de la Ley General de Obras Públicas 5.806 suscita distintas interpretaciones referentes al ámbito de aplicación, sin cumplir la finalidad fundamental del re- conocimiento de las variaciones de costos en el contrato de obras públicas, eliminando de los mismos toda posibilidad de álea. Que para asegurar el éxito de futuras licitaciones es necesa- rio que los contratistas, cualquiera que fueren las variaciones que experimenten los costos de las obras, tengan subsistente la ecua- ción económico-financiera de] contrato. Que para el cumplimiento de tales fines es necesario modificar el mencionado artículo 739, posibilitando una justa reglamentación para el reconocimiento de las variaciones de costos. Por ello, ante la urgente solución que demanda el problema y la inminencia de nuevas licitaciones, el Interventor Federal en la Provincia, en ejercicio del Poder Legisiativo — DECRETA CON FUERZA DE LEY: Art. 19 Sustitúyese el artículo 73° de la ley 5.806, por el siguiente: “El Poder Ejecutivo, en las obras públicas que se liciten a partir de la fecha del presente decreto-ley reconocerá, en las condiciones que establezca la reglamentación, los mayores costos derivados o moti- vados por actos del poder público, causas de fuerza mayor y|o de la situación de piaza, como así también los gastos improductivos de- bidos a disminuciones de ritmo, paralizaciones totales o parciales y que referidos a los planes de trabajos anuales aprobados sean pro- ducidos por los mismos actos o causas indicadas, En la misma for- ma beneficiarán al Estado los menores costos de las obras públicas aue resulten de actos directos o indirectos de gobierno y|o derivados de la situación de plaza”. Art, 2° El presente decreto-ley será refrendado por todos los ministros en Acuerdo General. Art. 39 Comuníquese, publíquese, dése al Registro y “Boletin : Oficial”. BONNECARRERE. E. G, AquiLeka, J. M. MATHEr, E. Cortés, RODOLFO A. EYHERABIDE, . Juán Canton, I, C, ZUBERBÚBLER,