Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 446
APRUEBA - PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES - AUTORIZA LLAMADO - LICITACIÓN PÚBLICA DE ETAPA ÚNICA 623-1803-LPU22 - SERVICIO DE ELABORACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE COMIDAS Y PROVISIÓN - PRODUCTOS A GRANEL - BENEFICIARIOS Y PERSONAL AUTORIZADO - DIRECCIÓN GENERAL DE LA MUJER - DIRECCIÓN GENERAL DE INFANCIAS Y ADOLESCENCIA - DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS SOCIALES EN ADICCIONES - SUBSECRETARIA DE FORTALECIMIENTO PERSONAL FAMILIAR Y COMUNITARIO - MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO Y HABITAT - JEFATURA DE GOBIERNO
VISTO: Las Leyes Nros. 1.218, 2.095 y 6.292 (textos consolidados por la Ley N° 6.347), el Decreto Reglamentario N° 74/21, la Disposición N° 167-DGCYC/21 y el Expediente Electrónico N° 41.857.444- GCABA-DGCYC/22, y CONSIDERANDO: Que por el expediente electrónico citado en el Visto tramita la Licitación Pública de Etapa Única, bajo la modalidad de Orden de Compra Abierta, N° 623-1803-LPU22 para la contratación del Servicio de Elaboración y Distribución de Comidas y Provisión de Productos a Granel destinado a los Beneficiarios y Personal autorizado de los Efectores de los Programas a cargo de la Dirección General de la Mujer, la Dirección General de Infancias y Adolescencia y la Dirección General de Políticas Sociales en Adicciones, dependientes de la Subsecretaría de Fortalecimiento Personal Familiar y Comunitario del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat, en un todo de acuerdo con lo establecido en los artículos 31, primera parte del 32, 40 y 43 de la Ley N° 2.095 (Texto Consolidado por Ley N° 6.347), por un plazo de veinticuatro (24) meses, cuyo presupuesto oficial asciende a la suma de pesos cinco mil doscientos millones quinientos cincuenta y dos mil cuatrocientos setenta y dos con 83/100 ($ 5.200.552.472,83); Que la Ley N° 2.095 establece las normas básicas para los procesos de compras y contrataciones de bienes y servicios llevados a cabo por el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que mediante el Decreto N° 74/21 se aprobó la reglamentación de la citada Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad de Buenos Aires N° 2.095 y se fijaron los niveles de decisión y cuadro de competencias conforme se detalla en sus