Nación · Ley N° 18330

Ley 18330 - LUCHA CONTRA LAS PLAGAS DE LA AGRICULTURA.

Estado no verificadoSanción: 27/08/1969Publicación B.O.: 03/09/1969Organismo: HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente oficial: InfoLEG. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

SAIJ - InfoLEG - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos - Argentina Ley 18.330 LUCHA CONTRA LAS PLAGAS DE LA AGRICULTURA. BUENOS AIRES, 27 de agost0 de 1969 En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5 del Estatuto de la Revolución Argentina, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA, SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY: ARTICULO 1.- Facúltase al Poder Ejecutivo para que, por intermedio de la repartición que el mismo determine y cuando razones debidamente justificadas lo aconsejen, facilite en préstamo sin cargo a los productores agropecuarios máquinas pulverizadoras a motor Micron-Sprayer o similares, para ser empleadas en la lucha contra las plagas de la agricultura. ARTICULO 2.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. ONGANIA - Dagnino Pastore.