Nación · Ley N° 26557

Ley 26557 - EN EL MARCO DE LAS CELEBRACIONES DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE MAYO, DECLARASE MONUMENTO HISTORICO NACIONAL AL EDIFICIO DE LA ESCUELA Nº 1 'DEL CENTENARIO' DE LA CIUDAD DE PARANA, PROVINCIA DE ENTRE RIOS.

Estado no verificadoSanción: 18/11/2009Publicación B.O.: 16/12/2009Organismo: HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente oficial: InfoLEG. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

MONUMENTOS HISTORICOS Ley 26.557 Declárase Monumento Histórico Nacional al edificio de la Escuela Nº 1 "Del Centenario" de la ciudad de Paraná, Provincia de Entre Ríos. Sancionada: Noviembre 18 de 2009 Promulgada: Diciembre 15 de 2009 El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley: ARTICULO 1º — En el marco de las celebraciones del Bicentenario de la Revolución de Mayo, declárase Monumento Histórico Nacional al edificio de la Escuela Nº 1 "Del Centenario" de la ciudad de Paraná, provincia de Entre Ríos. ARTICULO 2º — La Comisión Nacional de Museos y de Monumentos y Lugares Históricos realizará las gestiones que le encomiendan la Ley Nº 12.665 (modificada por la Ley Nº 24.252) y la Ley Nº 25.197. ARTICULO 3º — La Comisión Nacional de Museos y de Monumentos y Lugares Históricos inscribirá en el Registro Nacional de Bienes Históricos e Históricos Artísticos el monumento declarado en el artículo 1º de la presente ley. ARTICULO 4º — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional. — REGISTRADO BAJO EL Nº 26.557 — DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL NUEVE. JOSE. J. B. PAMPURO. — EDUARDO A. FELLNER. — Enrique Hidalgo. — Juan H. Estrada.