Nación · Ley N° 13514

Ley 13514 - EXENCIONES IMPOSITIVAS PARA TRAMITES EN REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS.

Estado no verificadoSanción: 19/05/1949Publicación B.O.: 03/06/1949Organismo: HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente oficial: InfoLEG. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

SAIJ - InfoLEG - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos - Argentina Ley 13.514 EXENCIONES IMPOSITIVAS PARA TRAMITES EN REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS. BUENOS AIRES, 19 de mayo de 1949 EL Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso, etc. SANCINAN CON FUERZA DE LEY ARTICULO 1. - Decláranse exentas del pago de sellado las actuaciones promovidas en cumplimiento de la Ley 13.010 y tendientes a producir informaciones de nacimiento, rectificaciones o adiciones de nombres, etcétera. ARTICULO 2. - En todo lo que no se haya previsto expresamente regirán las disposiciones análogas de la Ley 11.386. ARTICULO 3. - Comuníquese al Poder Ejecutivo. QUIJANO - CAMPORA - Reales - Zavalla Carbó.