Nación · Ley N° 26846
Ley 26846 - DECLARASE A LA CIUDAD DE RIO GRANDE, PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR, 'CAPITAL NACIONAL DE LA VIGILIA POR LA GLORIOSA GESTA DE MALVINAS'.
InfoLEG - Ministerio de Economía y Finanzas Públicas - Argentina DECLARACIONES OFICIALES Ley 26.846 Declárase “Capital Nacional de la Vigilia por la gloriosa Gesta de Malvinas” a la ciudad de Río Grande, Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. Sancionada: Marzo 13 de 2013 Promulgada de Hecho: Abril 18 de 201 3 El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley: ARTICULO 1° — Declárase a la ciudad de Río Grande, provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, “Capital Nacional de la vigilia por la gloriosa Gesta de Malvinas”. ARTICULO 2° — Fundamenta lo peticionado en el artículo precedente, el hecho que desde 1984, cada año, durante la noche del 1° y la mañana del 2 de abril, la población de la ciudad de Río Grande, provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, se reúne de manera espontánea a conmemorar la memoria de la gloriosa Gesta de Malvinas desde el mayor de los respetos para sus combatientes y enalteciendo el justo reclamo soberano por las Islas Malvinas y sus espacios marítimos circundantes. ARTICULO 3° — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS TRECE DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL TRECE. — REGISTRADO BAJO EL Nº 26.846 — AMADO BOUDOU. — JULIAN A. DOMINGUEZ. — Gervasio Bozzano. — Juan H. Estrada.