Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 281

DELEGA EN EL MINISTRO DE SALUD LA FACULTAD DE APROBAR LOS PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES LOS PLIEGOS DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y SUS CORRESPONDIENTES ANEXOS, EN EL MARCO DE LAS LICITACIONES PÚBLICAS PARA LA CONTRATACIÓN DE LA GESTIÓN OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO INTEGRAL DEL RECURSO FÍSICO DE LOS EFECTORES DE SALUD DEPENDIENTES DEL MINISTERIO DE SALUD - SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA DE SALUD HOSPITAL COSME ARGERICH - MARÍA FERRER - IGNACIO PIROVANO - MANUEL ROCCA - ENRIQUE TORNÚ - JUAN A. FERNÁNDEZ - PEDRO LAGLEYZE - FRANCISCO J. MUÑIZ - CARLOS BONORINO UDAONDO - ABÉL ZUBIZARRETA - MARÍA CURIE - JOSÉ DUEÑAS - CARLOS G. DURAND - JOSÉ MARÍA PENNA - SANTA LUCÍA - TEODORO ÁLVAREZ - CECILIA GRIERSON - PARMENIO PIÑERO - DONACIÓN F. SANTOJANNI - RAMÓN CARRILLO - ARTURO UMBERTO ILLIA - JOSÉ M. RAMOS MEJÍA - BERNARDINO RIVADAVIA - DALMACIO VÉLEZ SARSFIELD - PEDRO DE ELIZALDE - RICARDO GUTIÉRREZ - DON BENITO QUINQUELA MARTÍN - RAMÓN SARDÁ - ALVEAR - JOSÉ T. BORDA - BRAULIO MOYANO - CAROLINA TOBAR GARCÍA - LICITACIONES DE OBRA PÚBLICA

Estado no verificadoPublicación B.O.: 05/08/2026Organismo: GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Fuente oficial: Boletín Oficial CABA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

VISTO: las Leyes 6.246, 6.684 y 6.929, la Ley de Procedimientos Administrativos (Decreto de Necesidad y Urgencia 1.510/97), los Decretos 60/21 y 387/23, el Expediente EX-2026-34698456-GCABA-MSGC, y CONSIDERANDO: Que el Ministerio de Salud propicia llevar adelante la contratación de la Gestión, Operación y Mantenimiento Integral del Recurso Físico de los efectores de salud dependientes del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, encontrándose los establecimientos alcanzados individualizados en el Anexo I (IF-2026-34719563-GCABA-MSGC); Que el precitado Ministerio expresó que el carácter de la contratación, vinculada a la prestación de servicios esenciales de salud, así como la significativa complejidad técnica, operativa y funcional de su objeto, imponen la adopción de criterios técnicos especializados, a fin de garantizar la correcta satisfacción del interés público comprometido; Que dicho organismo informó que el presupuesto oficial para la contratación se estima en la suma de pesos trescientos ochenta y cinco mil trescientos veintiún millones veintidós mil novecientos uno con trece centavos ($ 385.321.022.901,13); Que la Ley 6.246 tiene por objeto establecer el "Régimen de Contrataciones de Obra Pública" que debe observar el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en todos los contratos de obra pública que se celebren y/o ejecuten en la Ciudad; Que la cláusula transitoria segunda de dicha norma dispuso que hasta tanto se reglamente el valor de la Unidad de Construcción por la Ley de Presupuesto General de la Administración Gubernamental del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deberá utilizarse la Unidad de Compra de la Ley 2.095; Que el artículo 136 de dicha norma dispuso que a los efectos de definir el monto de las Unidades de Compra aplicables, se estará de acuerdo a lo establecido en la Ley de Presupuesto para el Ejercicio en que se realice o aplique; Que, en ese sentido, mediante la Ley 6.929 de Presupuesto de la Administración Gubernamental del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el Ejercicio 2026 se fijó en pesos quinientos cincuenta ($ 550) el valor de la Unidad de Compra prevista en la Ley 2.095; Que, en virtud de ello, el monto estimado de la contratación asciende a setecientos millones quinientos ochenta y tres mil seiscientos setenta y ocho con dos milésimas (700.583.678,002) Unidades de Compra; Que, asimismo, por el Decreto 60/21 se aprobó la reglamentación de la precitada Ley 6.246 y se fijaron los niveles de decisión y cuadros de competencias para los distintos tipos de procedimientos de selección, los que como