Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 380

SE DEROGA DECRETO 975-95 - SE FIJAN MONTOS - PREMIOS - SALÓN ANUAL DE MANCHAS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - ORDENANZA  36689 - FIJA RETRIBUCIÓN - MIEMBROS DEL JURADO

Estado no verificadoPublicación B.O.: 05/11/2019Organismo: GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Fuente oficial: Boletín Oficial CABA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

VISTO: La Ordenanza N° 36.689 (texto consolidado por Ley N°6.017), el Decreto N° 975/95 y el Expediente Electrónico 2018-29357298-MGEYA-DGPMYCH, y CONSIDERANDO: Que por Ordenanza N° 36.689 (texto consolidado por Ley N°6.017) se aprobó el Régimen de Concursos y Premios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entre los que se encuentra el Salón Anual de Manchas de la Ciudad de Buenos Aires; Que dicho Salón Anual otorga un primero, segundo y tercer premio, los que tendrán carácter de adquisición, y diez premios estímulo, entre las obras seleccionadas en los concursos preliminares que se efectúan anualmente; Que el artículo 64° de la referida ordenanza establece que el entonces Departamento Ejecutivo de la Ciudad fijará los montos de los premios los que deberán ajustarse a las proporciones allí indicadas; Que el artículo 75° establece que los premios del Salón Anual serán discernidos por un Jurado integrado por cinco (5) miembros designados por el entonces Departamento Ejecutivo, en la forma determinada por el artículo 9° de dicha ordenanza; Que el Decreto N° 975/95 fijó los montos de los premios correspondientes al Salón Anual de Marchas de la Ciudad de Buenos Aires previsto por la Ordenanza N° 36.899 (texto consolidado Ley N° 6017); Que mediante el Expediente Electrónico N° 2018-29357298-MGEYA-DGPMYCH, la Dirección General Patrimonio, Museos y Casco Histórico del Ministerio de Cultura propicia el dictado del acto administrativo que fije los nuevos montos correspondientes a los referidos premios, así como también los honorarios de los jurados intervinientes en dicho Salón Anual; Que la indicada Dirección General cuenta con los fondos suficientes en las partidas presupuestarias asignadas a tal de afrontar el gasto correspondiente, de acuerdo a lo indicado bajo N° IF-2019-20421244-CCABA-DGPMYCH; Que en virtud de lo expuesto, y a fin de asegurar el normal desenvolvimiento de las actividades a desarrollar en el marco del Salón Anual, resulta procedente fijar los montos de los indicados premios y la retribución de cada uno de los miembros del jurado del mismo; Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado la intervención que le compete en virtud de las disposiciones de la Ley 1218 (t.c Ley N° 6017). Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA Artículo 1°.- Derógase el Decreto N° 975/95. Artículo 2°.- Fíjanse los montos de los premios correspondientes al Salón Anual de Manchas de la Ciudad de Buenos Aires, previsto por Ordenanza N° 36.689 (texto consolidado Ley N° 6017), de acuerdo a la siguiente distribución: a) Primer premio adquisición por la suma de pesos doce mil ($ 12.000); b) Segundo premio adquisición por la suma de pesos seis mil ($ 6.000); c) Tercer premio adquisición por la suma de pesos tres mil seiscientos ( $ 3.600); d) Premio estímulo por la suma de pesos mil ochocientos ($ 1.800) cada uno. Artículo 3°.- Fíjase la retribución de cada uno de los miembros del jurado del Salón Anual de Manchas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en la suma de pesos mil ochocientos ($ 1.800). Artículo 4°.- El gasto correspondiente se imputará a la partida correspondiente del presupuesto en vigor. Artículo 5°.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Cultura y de Economía y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 6°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese para su conocimiento y fines pertinentes a los Ministerios de Cultura y de Economía y Finanzas. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Avogadro - Mura - Miguel Relaciones Tipo de relación Norma relacionada Detalle INTEGRA ORDENANZA 36689 1981 <p>Artículo 2° del Decreto N° 380/19 fija los montos de los premios correspondientes al Salón Anual de Manchas de la Ciudad de Buenos Aires, previsto por Ordenanza N° 36.689.</p> DEROGA DECRETO 975 1995 <p>Artículo 1° del Decreto N° 380/19 deroga el Decreto N° 975/95.</p>