Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 87

DESIGNA FUNCIONARIOS - DIRECTORIO - MINISTERIO DESARROLLO HUMANO Y HABITAT - CORPORACION BUENOS AIRES SUR S.E LEY N° 470 - MATÍAS DANIEL MIGUEL PANTANALI - VICEPRESIDENTE  - JUAN MARÍA FURNARI - SÍNDICO TITULAR - BENIGNO EMILIO RAPOSO VARELA  - LUIS HÉCTOR DE PACE - JUAN ELÍAS AMADO - VANINA JANECK - NICOLÁS SEBASTIÁN BARI - VOCALES TITULARES

Estado no verificadoPublicación B.O.: 02/02/2024Organismo: GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Fuente oficial: Boletín Oficial CABA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

VISTO: Las Leyes Nros. 470 (texto consolidado por Ley N° 6.588) y 6.684, el Decreto N° 387/23 y modificatorios, 1.814/00 y modificatorios, el Expediente Electrónico N° 01717298-GCABA-CBAS/24, y CONSIDERANDO: Que por artículo 2° de la Ley N° 470 se creó la sociedad del estado denominada Corporación Buenos Aires Sur, estableciendo en su artículo 10 que "La dirección y administración de la Sociedad estará a cargo de un Directorio compuesto por un Presidente, un Vicepresidente, cinco Vocales titulares y cinco Vocales suplentes"; Que por Decreto N° 1.814/00 y modificatorios se aprobó el Estatuto de la citada Sociedad del Estado, estableciendo en su artículo 11 que el término del mandato de los miembros del Directorio será de dos (2) ejercicios regulares, siendo reelegibles sin limitación alguna, debiendo todos los miembros titulares y suplentes ser designados por el Poder Ejecutivo de la Ciudad en su carácter de único accionista; Que por la Ley N° 6684, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que el artículo 2° de la citada Ley contempla entre los Ministerios del Poder Ejecutivo al Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat; Que por Decreto N° 387/23 y modificatorios, se aprobó la estructura orgánica funcional, dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando al Organismo Fuera de Nivel Corporación Buenos Aires Sur S.E. Ley 470 bajo la órbita del citado Ministerio; Que, en consecuencia, el señor Ministro de Desarrollo Humano y Hábitat propicia las designaciones de las personas que se indican en el Anexo I (IF-2024-05713579- GCABA-MDHYHGC), en los cargos y condiciones que allí se detallan que, a todos sus efectos, forma parte integrante del presente; Que, conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Designar a las personas detalladas en el Anexo I (IF-2024-05713579- GCABA-MDHYHGC) el que a todos los efectos forma parte integrante del presente, en los cargos y condiciones que allí se establecen. Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Desarrollo Humano y Hábitat y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese a los interesados dejando constancia que deberán dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 14 de la Ley N° 6.357 (texto consolidado según Ley N° 6.588). Comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto ambas del Ministerio de Hacienda y Finanzas, y a la Oficina de Integridad Pública, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat. Cumplido, archívese. MACRI - Mraida - Grindetti