Nación · Ley N° 11620

Ley 11620 - APRUEBASE LA CONVENCION RADIOTELEGRAFICA INTERNACIONAL, EL REGLAMENTO GENERAL Y EL REGLAMENTO ADICIONAL, ANEXOS A LA MISMA, SANCIONADOS EL 25 DE NOVIEMBRE DE 1927, POR LA CONFERENCIA RADIOTELEGRAFICA INTERNACIONAL, REUNIDA EN WASHINGTON.

Estado no verificadoSanción: 07/09/1932Publicación B.O.: 17/10/1932Organismo: HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente oficial: InfoLEG. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

InfoLEG - Ministerio de Economía y Finanzas Públicas - Argentina MINISTERIO DEL INTERIOR Ley N° 11.620 Convención Radiotelegráfica Internacional Buenos Aires, 7 de septiembre de 1932. Por cuanto: El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de LEY: Artículo 1° - Apruébase la Convención Radiotelegráfica Internacional, el Reglamento General y el Reglamento Adicional, anexos a la misma, sancionados el 25 de Noviembre de 1927, por la Conferencia Radiotelegráfica Internacional, reunida en Washington. Artículo 2° - Comuníquese al Poder Ejecutivo en respuesta a su mensaje de fecha 22 de Junio de 1932. Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, a siete días del mes de Septiembre del año mil novecientos treinta y dos. JULIO A. ROCA         JUAN F. CAFFERATA Gustavo Figueroa       Carlos G. Bonorino Registrada bajo el número 11.620