Provincia de Buenos Aires · Ley N° 10492
Ley 10492/1987 - (DEROGADA POR LEY 12788) DECLARA AREA DE RESERVA NATURAL INTEGRAL A LA ZONA DE BAHIA SAN BLAS, PARTIDO DE PATAGONES (REF. ISLAS: GAMA, FLAMENCO, RIACHOS, DE LOS CéSARES Y DEL SUD, A LOS BANCOS NORDESTE Y CULEBRA)
Reformas y relaciones normativas
2- Ley 12788/2001 - DECLARASE RESERVA NATURAL DE USO MULTIPLE BAHIA SAN BLAS DE CONFORMIDAD A LA CATEGORIZACION PREVISTA POR LEY 10907 A LAS ISLAS, BANCOS Y AGUAS UBICADAS EN BAHIA BLANCA. DEROGA LA LEY 10492 Y EL DEC.6591/88.
- Ley 12788/2001 - DECLARASE RESERVA NATURAL DE USO MULTIPLE BAHIA SAN BLAS DE CONFORMIDAD A LA CATEGORIZACION PREVISTA POR LEY 10907 A LAS ISLAS, BANCOS Y AGUAS UBICADAS EN BAHIA BLANCA. DEROGA LA LEY 10492 Y EL DEC.6591/88.
Ley 10492 DEROGADA POR LEY 12788 LEY 10492 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTICULO 1.- Declárase en la zona de la Bahía San Blás, Partido de Patagones, Area de Reserva Natural Integral a las Islas Gama, Flamenco, de los Riachos, de los Césares y del Sud, a los bancos Nordeste y Culebra, delimitados por las mareas bajas de Sicigia y a los demás bancos que rodean las Islas, que dada su extensión serán delimitados por el Poder Ejecutivo en la reglamentación de la presente ley. ARTICULO 2.- El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley dentro de los noventa (90) días de su publicación y arbitrará las medidas pertinentes a efectos del cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1º, como así también para el fomento del turismo en la zona de la Bahía San Blás. ARTICULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.