Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 109
DEROGA - DECRETO 496-25 - DESIGNA A REPRESENTANTES DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES ANTE LA COMISIÓN FEDERAL DE IMPUESTOS - REPRESENTANTES - TITULAR - GUSTAVO ARENGO PIRAGINE - SUPLENTE - GERMÁN KRIVOCAPICH - ALTERNO - ELOY MANUEL AGUIRRE REBO
VISTO: La Constitución Nacional, las Leyes Nacionales 20.221 y 23.548, la Ley 4, el Decreto 496/25 y el Expediente EX-2026-11525693-GCABA-DGTALMHF, y CONSIDERANDO: Que la Constitución Nacional asigna rango constitucional al Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos y fija los lineamientos del organismo fiscal federal en el que deben estar representadas todas las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que la Comisión Federal de Impuestos, creada por la Ley Nacional 20.221 y ratificada por la Ley 23.548, ejerce actualmente las funciones de organismo fiscal federal; Que mediante Ley 4 la Ciudad Autónoma de Buenos Aires adhirió al Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos; Que mediante el Decreto 496/25 se designaron a los representantes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ante la Comisión Federal de Impuestos; Que resulta necesario renovar la representación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ante la Comisión Federal de Impuestos, incorporando como representante suplente a Germán Krivocapich (DNI 20.355.347); Que, en consecuencia, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente. Por ello, en uso de las facultades establecidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Derogar el Decreto 496/25. Artículo 2°.- Designar como representantes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ante la Comisión Federal de Impuestos, a los siguientes funcionarios: a) Representante titular: Gustavo Arengo Piragine (DNI 33.855.180). b) Representante suplente: Germán Krivocapich (DNI 20.355.347). c) Representante alterno: Eloy Manuel Aguirre Rebora (DNI 29.684.903). Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por el Ministro de Hacienda y Finanzas y por el Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 4°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a la Comisión Federal de Impuestos y para su conocimiento y demás efectos remitir a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archivar. MACRI - Arengo Piragine - Sánchez Zinny Relaciones Tipo de relación Norma relacionada Detalle DEROGA DECRETO 496 2025 <p>Articulo 1° del Decreto 109-26 deroga el Decreto 496-25</p>