Provincia de Buenos Aires · Ley N° 5957

Ley 5957/1958 - ACORDANDO SUBSIDIO AL CENTRO CULTURAL "SARMIENTO" DE FLORENCIO VARELA.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 28/11/1958
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

y LEY 5.957 Acordando subsidio al Centro Cultural “Sarmiento” de Florencio Varela Departamento de Economia y Hacienda. El Senado y Cámara de Diputados de la provincia de Buenos Altres, sancionan con fuerza de — LEY: Art, 19 Acuérdase, con carácter de subsidio y por esta única vez, la suma de quiriientos mil pesos moneda nacional ($ 500.000 ™%4), al Centro Cultural “Sarmiento” que desarrolla sus actividades en la ciudad de Florencio Varela, cabecera del partido del mismo nombre, destinada a solventar las erogaciones que demanden las obras de am- pliación de su edificio propio, para el adecuado funcionamiento de su Biblioteca y Universidad popular. Art. 2% Los fondos para atender el gasto que reclame el cumpli- miento de esta ley, se tomarán de Rentas Generales con imputación a la misma. Art. 3° Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a treinta días del mes de octubre de mil novecientos. cincuenta y ocho. HÉO0TOR PORTERO. ARTURO A. CROSETTI. ‘ Juan Carlos Monti, Juan José M. Raimondi, Secretario de la C. de DD: Secretario del Senado. — 179 — La Plata, 17 de noviembre de 1958. Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y “Boletín: Oficial” y archívese. ' ALENDE. ALDO FIRBRER. Decreto N? 10.184. Registrada bajo el número cinco “mil novecientos cincuenta y siete (5.957). FELIPE Díaz O'KELLY. y