Provincia de Buenos Aires · Ley N° 12261

Ley 12261/1999 - DECLARANDO DE UTILIDAD PÚBLICA Y SUJETOS A EXPROPIACIÓN- LOS INMUEBLES UBICADOS EN EL PARTIDO DE LUJÁN PARA BENEFICIO DE DISTINTAS ENTIDADES.- (REF.PRORROGA 12566 Y 12982)

Estado no verificadoPublicación B.O.: 09/02/1999
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ley 12261 LEY 12261 NOTA : Por Ley 12566 se prorroga por el término de 2 años la vigencia a partir de su vencimiento. Por Ley 12982 se prorroga por el término de 5 años la vigencia de la misma, a partir del vencimiento de la Ley 12566. EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1º.- Decláranse de utilidad pública y sujetos a expropiación, los inmuebles ubicados en el Partido de Luján, que seguidamente se enuncian: a) Lotes de terreno con todo lo edificado y adherido al suelo, ubicados en Villa Flandria, Partido de Luján, designados catastralmente como: Circunscripción II, Sección A, Manzana 14, Parcela 1a (Según Registro de la Provincia de Buenos Aires, consisten en los lotes "A"-3.546, 7.580 m2.) de la Manzana 4, inscriptos sus dominios en el folio 141/28 Partida 7.585, a nombre de "Algodonera Flandria Sociedad Anónima" y/o de quienes resultaren ser sus legítimos propietarios. b) Lote de terreno con todo lo edificado y adherido al suelo, identificado catastralmente como: Circunscripción II, Parcela 331-j (según Partida y plano, dejándose constancia que por error la Matrícula Nº 3.203 consigna letra "Y") Partida 064-000777, inscripto su dominio en la Matrícula Nº 3.203 del Partido de Luján (64), a nombre de "Algodonera Flandria S. A." y/o de quienes resultaren ser sus legítimos propietarios. c) Lote de terreno con todo lo edificado y adherido al suelo, identificado catastralmente como: Circunscripción II, Parcela 331-b Partida Nº 064-026881, inscripto su dominio en la Matrícula Nº 36.810 del Partido de Luján (64), a nombre de "Algodonera Flandria S. A." y/o de quienes resultaren ser sus legítimos propietarios. d) Lotes de terreno con todo lo edificado y adherido al suelo, identificados catastralmente como: Circunscripción IX, Sección A, Chacra 27, Manzana 27u, Parcelas 6a (unificadas por revalúo de las Parcelas 6, 7, 8 y 9) Partida Nº 16.905, plano de origen 64-156-51, Partida de Contribución Territorial 16.905, inscriptos sus dominios en los Folios 995/55 y 989/55 del Partido de Luján (64) y por otra parte inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción IX, Sección A, Chacra 27, Parcela 5b, Partida Nº 37.016, Plano de Origen 64-17.154, inscriptos sus dominios en el Folio 461/56 del Partido de Luján (64), ambos inmuebles a nombre de "Algodonera Flandria S.A." y/o de quienes resultaren sus legítimos propietarios. e) 81 Lotes de terreno con todo lo edificado y adherido al suelo, identificado catastralmente como: Circunscripción II, Sección A, Manzana 31, Parcelas: 1, 2, 3, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25 y 26; Circunscripción II,

Sección A, Manzana 32, Parcelas: 1 a la 29 inclusive, unificadas en la Partida

Nº 14.084; Circunscripción II, Sección A, Manzana 33, Parcelas: 1 a 26 inclusive, unificadas en la Partida Nº 14.083, inscriptos sus dominios en el Folio Nº 658/52 del Partido de Luján (64), a nombre de "Algodonera Flandria S. A." y/o de quienes resultaren ser sus legítimos propietarios. f) Lotes de terreno con todo lo edificado y adherido al suelo, identificado catastralmente como: Circunscripción II, Sección A, Manzana 13, Parcela: 38c, Partida Nº 48.198, inscriptos sus dominios en la Matrícula Nº 37.610 del Partido de Luján (64) y por otra parte un inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción II, Sección A, Manzana 13, Parcela 40d Partida Nº 7.613, inscriptos sus dominios en la Matrícula Nº 37.032 del Partido de Luján (64), ambos terrenos a nombre de "Algodonera Flandria S. A." y/o de quienes resultaren ser sus legítimos propietarios. g) Lote de terreno rural con todo lo edificado y adherido al suelo, ubicado en el Cuartel V del Partido de Luján, (64) identificado catastralmente como: Circunscripción IX, Fracción I, Parcela: remanente de la Parcela 2 (Plano de Origen 64-31-85), Matrícula Nº 37.031, inscripto su dominio en el Folio 791/45 del Partido de Luján (64), siendo este inmueble parte de la mayor superficie cuyo dominio está inscripto a nombre de "Algodonera Flandria S. A." y/o de quienes resultaren ser sus legítimos propietarios. ARTÍCULO 2º.- Los inmuebles citados en el artículo anterior serán transferidos a favor de sus actuales ocupantes, con el destino que en cada caso se indica a continuación: a) Los individualizados en el inciso a), para el funcionamiento del Instituto "San Luis Gonzaga", la casa Parroquial Cáritas, el Grupo Scout "San Luis Gonzaga", Centro de ex alumnos y la Comunidad Guía "Virgen Niña". b) El individualizado en el inciso b), para el funcionamiento del Colegio de la Inmaculada Concepción y el Velódromo "El Pedal". c) El individualizado en el inciso c), para el funcionamiento del Club Náutico "El Timón". d) Los individualizados en el inciso d), para el funcionamiento del Club Social y Deportivo "Defensores". e) Los individualizados en el inciso e), para el funcionamiento del Campo Club Scouts. f) Los individualizados en el inciso f), para el funcionamiento del Club Flandria y del Registro Nacional de las Personas. g) El individualizado en el inciso g), para el funcionamiento del Estadio "Carlos V" y el Círculo Criollo "Martín Fierro". ARTÍCULO 3º.- Autorízase al Poder Ejecutivo para efectuar en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos del ejercicio que corresponda, las adecuaciones presupuestarias que resulten necesarias para el cumplimiento de la presente Ley. ARTÍCULO 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la Ciudad de La Plata, a los veintitrés días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y ocho. RAFAEL EDGARDO ROMA Presidente H. Senado José Luis Ennis Secretario Legislativo H. Senado ALEJANDRO R. MOSQUERA Presidente H. Cámara de Diputados Juan Carlos López Secretario Legislativo H. Cámara de Diputados DECRETO 100/99 LA PLATA, 28 de enero de 1999 Cúmplase, comuníquese, publíquese, dese al Registro y "Boletín Oficial" y archívese. DUHALDE J. M. Díaz Bancalari Registrada bajo el número DOCE MIL DOSCIENTOS SESENTA Y UNO (12261) Estela M. Reimondi de Arrigó