Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 316
ACEPTA - INSTITUCIÓN DE HEREDERO - EFECTUADA POR - DOMINGA JUALA DE MADERA O JUALI DE MADERA O JAULA DE MADERA O JAULE DE MADDERA - A FAVOR DEL HOSPITAL GENERAL DE NIÑOS DR. RICARDO GUTIÉRREZ - JUICIO SUCESORIO - JUALA DOMINGA S/ SUCESIÓN TESTAMENTARIA - EXPEDIENTE JUDICIAL N° 21.342/14 - inmueble sito en la calle Armenia Nros. 2146/48/50/52/54 Piso 3 - Unidad Funcional 131 - Matrícula FR 18- 12081/131 - JUZGADO NACIONAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL N° 101 - SECRETARÍA ÚNICA
VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Expediente Electrónico N° 23933741-GCABA-DGAIP/22, y CONSIDERANDO: Que por el Expediente Electrónico citado en el Visto tramita la aceptación de la institución de heredero sin cargo a favor del Hospital General de Niños "Dr. Ricardo Gutiérrez" dependiente del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, otorgado por la causante, cuyo juicio sucesorio tramita en los autos caratulados "JUALA, DOMINGA S/ SUCESIÓN TESTAMENTARIA", Expediente Judicial N° 21.342/14, por ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N° 101, Secretaría Única de esta Ciudad; Que la causante, "Dominga JUALA", "Dominga JAULA DE MADERA", "Dominga JUALA DE MADERA", "Dominga JUALI DE MADERA" y/o "Dominga JAULE DE MADDERA", LC: 3.458.764, ha otorgado testamento, protocolizado por Escritura Número 452, de fecha 5 de noviembre de 2007, Folio 3077 del Registro Notarial N° 471, autorizada por la Escribana Silvana C. Allignani, mediante el cual se instituyó como único y universal heredero al Hospital General de Niños "Dr. Ricardo Gutiérrez" de esta Ciudad; Que habiendo fallecido la causante el día 2 de mayo de 2011, conforme surge de la partida de defunción agregada en los autos mencionados, corresponde aceptar la institución de heredero de acuerdo a los términos del testamento; Que el referido testamento no dispone mandas ni cargas que cumplir; Que el acervo sucesorio se encuentra integrado por el inmueble sito en la calle Armenia Nros. 2146/48/50/52/54, Piso 3, Unidad Funcional 131, Matrícula FR 18- 12081/131, de esta Ciudad; Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado intervención conforme lo establecido en la Ley N° 1.218, y considera conveniente para los intereses del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, la aceptación de la institución de heredero efectuada por la causante a favor del Hospital General de Niños "Dr. Ricardo Gutiérrez"; Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 104 inciso 16 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Aceptar la institución de heredero efectuada por la señora Dominga JUALA DE MADERA o JUALI DE MADERA o JAULA DE MADERA o JAULE DE MADDERA, a favor del Hospital General de Niños "Dr. Ricardo Gutiérrez", cuyo juicio sucesorio tramita en los autos caratulados "JUALA DOMINGA S/ SUCESIÓN TESTAMENTARIA", Expediente Judicial N° 21.342/14, por ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N° 101, Secretaría Única de esta Ciudad. Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Salud, de Hacienda y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a los Ministerios de Salud y de Hacienda y Finanzas, al Hospital General de Niños "Dr. Ricardo Gutiérrez", y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - González Bernaldo de Quirós - Mura - Miguel