Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 170
SUSTITUYE - ARTÍCULO 20 ANEXO I - MODIFICACIÓN DEL DECRETO N° 367/22 - AUTORIDAD DE APLICACIÓN - DESIGNACIÓN - SUBSECRETARÍA DE AMBIENTE - VICEJEFATURA DE GOBIERNO - REGLAMENTACIÓN - LEY 6468 - LINEAMIENTOS PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA ECONOMÍA CIRCULAR
VISTO: Las Leyes Nros. 6.468 (texto consolidado por Ley N° 6.588) y 6.684, los Decretos Nros. 367/22 y 387/23, sus modificatorios, el Expediente Electrónico N° 11882924-GCABA-DGDSEC/24, y CONSIDERANDO: Que, por la Ley N° 6.468 se establecieron los lineamientos para la implementación de la Economía Circular en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a través del diseño de una estrategia transversal a todas las áreas de Gobierno y en articulación con los distintos actores de la sociedad civil y el sector privado, en cumplimiento con los Objetivos de Desarrollo Sostenible, la agenda de Carbono Neutral 2050 y demás compromisos asumidos en la materia; Que el artículo 20 de la mencionada Ley, estableció que el Poder Ejecutivo, al momento de la reglamentación, establecería la Autoridad de Aplicación; Que, por el Decreto N° 367/22 se reglamentó la Ley N° 6.468 y se designó como Autoridad de Aplicación al Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana; Que mediante la Ley N° 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando a la Vicejefatura de Gobierno; Que en el artículo 9° de la mencionada Ley, se establecieron las funciones de la Vicejefatura de Gobierno, entre las cuales se encuentran las de diseñar políticas vinculadas al ambiente, el desarrollo sostenible, el cambio climático; diseñar, controlar y fiscalizar las políticas de planeamiento, gestión y evaluación del ambiente urbano, en correspondencia con las establecidas en el orden nacional y Área Metropolitana y la de diseñar políticas destinadas a ciudades sostenibles; Que por Decreto N° 387/23 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando a la Subsecretaría de Ambiente dependiente de la Vicejefatura de Gobierno; Que la Subsecretaría de Ambiente tiene entre sus responsabilidades primarias la de desarrollar políticas orientadas a la sustentabilidad, la eficiencia energética y al uso de fuentes alternativas de energía; diseñar y desarrollar acciones, instrumentos y estrategias adecuadas de mitigación y adaptación al cambio climático para un desarrollo sustentable, circular y bajo en carbono para la Ciudad de Buenos Aires; entender y diseñar los proyectos de nuevas tecnologías para el tratamiento de residuos en la Ciudad de Buenos Aires, en coordinación con el Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana y diseñar y desarrollar políticas de reducción, reutilización, reciclaje y disposición de residuos especiales; Que, en virtud de lo expuesto y de las competencias otorgadas a la Subsecretaría de Ambiente, dependiente de la Vicejefatura de Gobierno, se propicia sustituir el artículo 20 del Anexo I Decreto N° 367/22, con el objeto de designar a dicha Subsecretaría, u organismo que en un futuro lo reemplace, como Autoridad de Aplicación de la Ley N° 6468; Que, conforme lo expresado, corresponde dictar el acto administrativo pertinente. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Sustituir el artículo 20 del Anexo I (IF-2022-38860888-GCABA-SSHU) aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 367/22, el que quedará redactado de la siguiente manera . "Autoridad de Aplicación. Designar como Autoridad de Aplicación de la Ley N° 6468 a la Subsecretaría de Ambiente dependiente de la Vicejefatura de Gobierno, o el organismo que en el futuro lo reemplace." Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese para su conocimiento y demás efectos, al Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana y a la Subsecretaría de Ambiente dependiente de la Vicejefatura de Gobierno. Cumplido, archívese. MACRI - Grindetti Relaciones Tipo de relación Norma relacionada Detalle MODIFICA DECRETO 367 2022 <p>Artículo 1° del Decreto N° 170/24 sustituye el artículo 20 del Anexo I, aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 367/22.</p>