Provincia de Buenos Aires · Decreto-ley N° 9740

Decreto-ley 9740/1981 - AMPLIASE PLAZO ESTABLECIDO EN EL ART. 3 DE LA LEY 8644, DESAFECTA FRACCION DE TIERRA UBICADA EN EL PDO.DE GENERAL SARMIENTO Y DONASE A SERVICIOS ELECTRICOS DEL GRAN BUENOS AIRES (S.E.G.B.A.).

Estado no verificadoPublicación B.O.: 22/09/1981
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Decreto-ley 9740/1981 DECRETO-LEY 9740/81 La Plata. 10 de septiembre de 1981. Visto lo actuado en el expediente número 4052-59029/75 y el Decreto Nacional número 877/80 en ejercicio de las facultades legislativas conferidas por la Junta Militar, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY ARTICULO 1.- Amplíase por el término de diez (10) años, a contar desde el día 8 de octubre de 1978, el plazo establecido en el articulo 3 de la ley 8644. ARTICULO 2.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y "Boletín Oficial" y archívese.