Provincia de Buenos Aires · Ley N° 10628
Ley 10628/1987 - DECLARA DE UTILIDAD PUBLICA Y SUJETO A EXPROPIACION UN INMUEBLE UBICADO EN EL PARTIDO DE FLORENCIO VARELA PARA LA CONSTRUCCION DE UNA ESCUELA PRIMARIA, SECUNDARIA Y JARDIN.
Ley 10628 LEY 10628 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble ubicado en el partido de Florencio Varela, designado catastralmente como Circunscripción I,
Sección L, Fracción III, Parcela 14 (Remanente) según plano 32-51-58 y plano de
mensura 32-70-62; superficie total 18.287.56 metros cuadrados; inscripción de dominio Nº 276/49 a nombre de Sociedad General de Conservas Alimenticias S.A. o de quien o quienes resulten ser sus legítimos propietarios. ARTÍCULO 2.- El inmueble al que se hace referencia en el artículo anterior será destinado a la construcción de un jardín de infantes, una escuela primaria y una escuela secundaria. ARTÍCULO 3.- El gasto que demande el cumplimiento de esta ley será tomado de Rentas Generales con imputación a la misma. ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.