Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 101
MODIFICA - DECRETO N° 2000/00 - PROCEDIMIENTO - ACEPTACIÓN DE DONACIONES SIN CARGO - EFECTUADAS POR TERCEROS AL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - INCORPORACIÓN AL SU PATRIMONIO - CALIDAD DE APROPIACIÓN - ELEMENTOS ABANDONADOS EN ORGANISMOS DE SU DEPENDENCIA - DEROGA - DECRETO N° 131/17
VISTO: Los Decretos Nros. 2000/00 y 131/17, el Expediente Electrónico N° 12.002.292/GCABA- DGTALMHF/2023, y CONSIDERANDO: Que por el Decreto N° 2000/00 se reguló el procedimiento de aceptación de donaciones sin cargo efectuadas por terceros al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la incorporación al su patrimonio, en calidad de apropiación, de los elementos abandonados en organismos de su dependencia; Que por el citado Decreto se delegó en el titular de la Jurisdicción receptora de los bienes donados o apropiados y en el titular de la entonces Secretaría de Hacienda y Finanzas, la facultad conjunta de aceptar donaciones e incorporaciones, cuando el valor de los bienes donados no superara los $ 10.000.- por cada elemento; Que mediante el artículo 1° del Decreto N° 131/17 se modificó el Decreto N° 2.000/00, delegando en los titulares de la Vicejefatura de Gobierno, de cada Ministerio, Secretarías y Subsecretarías del Poder Ejecutivo la facultad de aceptar en forma conjunta con el Ministerio de Hacienda y Finanzas, donaciones sin cargo de terceros a favor de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como así también, la apropiación de bienes abandonados por sus propietarios en sus dependencias cuando su valor no exceda la suma de $ 3.125.000.- por cada elemento; Que a los fines de lograr una mayor eficiencia y racionalización administrativa en los trámites mencionados, se considera apropiado fijar un valor que permita actualizar periódicamente el monto autorizado para la aceptación de donaciones sin cargo y/o apropiaciones, tomando como parámetro la unidad de compra establecida en la Ley de Presupuesto para el ejercicio en que se realice o aplique; Que en consecuencia, resulta conveniente modificar el Decreto N° 2000/00 y delegar en los titulares de la Vicejefatura de Gobierno, de cada Ministerio y Secretarías del Poder Ejecutivo la facultad de aceptar en forma conjunta con el Ministerio de Hacienda y Finanzas o el organismo que en el futuro lo reemplace, donaciones sin cargo de terceros a favor de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, la apropiación de bienes abandonados por sus propietarios en sus dependencias cuando su valor no exceda el equivalente a las 250.000 unidades de compra por cada elemento; Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Modificar el artículo 1° del Decreto N° 2000/00 el que quedará redactado de la siguiente manera: "Delegar en los titulares de la Vicejefatura de Gobierno, de cada Ministerio y Secretarías del Poder Ejecutivo la facultad de aceptar en forma conjunta con el Ministerio de Hacienda y Finanzas o el organismo que en el futuro lo reemplace, donaciones sin cargo de terceros a favor de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, la apropiación de bienes abandonados por sus propietarios en sus dependencias cuando su valor no exceda el equivalente a las 250.000 unidades de compra por cada elemento, incorporando aquellos al patrimonio del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires." Artículo 2°.- Derogar el Decreto N° 131/17. Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Vicejefatura de Gobierno, a todos los Ministerios y Secretarias del Poder Ejecutivo, a la Auditoría General de la Ciudad de Buenos Aires, a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Contaduría del Ministerio de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Mura - Miguel Relaciones Tipo de relación Norma relacionada Detalle DEROGA DECRETO 131 2017 <p>Artículo 2° del Decreto N° 101/23 deroga el Decreto N° 131/17.</p> MODIFICA DECRETO 2000 2000 <p>Artículo 1° del Decreto N° 101/23 modifica el artículo 1° del Decreto N° 2000/00.</p>