Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 117

SANCIONA CON CESANTÍA A AGENTE - DOCENTE - O.O.S. - F.C. 480.054 - POR HABER SIDO HALLADO RESPONSABLE DEL CARGO FORMULADO EN EL SUMARIO ADMINISTRATIVO 437/21

Estado no verificadoPublicación B.O.: 19/03/2025Organismo: GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Fuente oficial: Boletín Oficial CABA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

VISTO: La Ordenanza 40.593 y la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobada por Decreto de Necesidad y Urgencia 1.510/97 (textos consolidados por Ley 6.764), la Resolución 3994/MEDGC/21, el Expediente 3874205-GCABA-DGCLEI/21, y CONSIDERANDO: Que por Resolución 3994/MEDGC/21, se dispuso la instrucción del sumario administrativo 437/21 a fin de investigar los hechos y deslindar las responsabilidades que pudieran corresponder como consecuencia de la reincidencia en que incurriera, por diversos ceses administrativos, el docente O.O.S. (F.C. 480.054), conforme lo prescripto en la reglamentación del Artículo 6, inciso g), de la Ordenanza 40.593; Que, abierta la etapa de instrucción, en mérito de los antecedentes y de las pruebas recabadas, se decretó el llamado a prestar declaración indagatoria del docente O.O.S. (F.C. 480.054), quien hizo uso de su derecho a negarse a declarar en la audiencia fijada, labrándose el acta respectiva; Que, habida cuenta de las constancias obrantes, se formuló el respectivo cargo administrativo; Que la Junta de Disciplina, tomó la intervención de su competencia, y acordó por unanimidad con el cargo formulado por la Dirección General de Sumarios de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que el agente en cuestión, fue debidamente notificado del cargo formulado como así también de su derecho a tomar vista del expediente para ofrecer prueba y efectuar su descargo, sin efectuar presentación alguna; Que habiendo sido notificado del plazo para alegar, el agente O.O.S. (F.C. 480.054), no hizo uso del mismo; Que no restando medios de prueba pendientes de producción, se dispuso la clausura de la etapa de instrucción; Que la Dirección General de Sumarios de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en su Dictamen Jurídico identificado como IF-2024- 34555707-GCABA-DGSUM, aconsejó sancionar con cesantía al agente O.O.S. (F.C. 480.054), por haber sido hallado responsable del cargo formulado en autos en los siguientes términos: "En su carácter de Profesor de Educación Media de la Escuela de Comercio N° 15 del Distrito Escolar 15, Escuela Técnica "RAGGIO" del Distrito Escolar 10, Escuela de Comercio N° 20 del Distrito Escolar 14, Escuela Normal Superior N° 8, CENS N° 47, Escuela de Comercio N° 2 del Distrito Escolar 1: Haber incurrido en inasistencias injustificadas, las que constituyen conductas reincidentes que dieran lugar a los ceses administrativos ordenados por las Disposiciones N°: DI-2017-5799- GCABA-DGPDYND de fecha 27/09/17, DI-2018-5401-GCABA-DGPDYND de fecha 11/09/18, DI-2019-1317-GCABA-DGPDYND de fecha 27/03/19, DI-2019-2124- GCABA-DGPDYND de fecha 06/05/19, DI-2019-4578-GCABA-DGPDYND de fecha 03/09/2019", y con ello transgredir los deberes establecidos en los incisos d) y g) del Artículo 6 de la Ordenanza 40.593, quedando aprehendida su conducta en la previsión contemplada en la reglamentación del Artículo 6, inciso "g" del Decreto 209/22 y en la del Artículo 36, inciso f' del citado Estatuto del Docente; Que el Procurador General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires acordó con la sanción aconsejada; Que la Junta de Disciplina tomó nuevamente intervención, mediante Dictamen de Firma Conjunta identificado como IF-2024-39010417-GCABA-DGCDO, coincidiendo, por unanimidad, con la sanción expresada por la Dirección General de Sumarios de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que la Dirección General Coordinación Legal e Institucional dependiente del Ministerio de Educación ha tomado la intervención de su competencia; Que conforme surge del expediente de la referencia, el agente no se encuentra amparado por mandato gremial consagrado por la Ley Nacional 23.551; Que en virtud de lo expuesto, lo dictaminado oportunamente por la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la valoración efectuada sobre los elementos probatorios y demás constancias obrantes en autos, corresponde dictar el acto administrativo pertinente. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los Artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Artículo 38 de la Ordenanza 40.593, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Sancionar con cesantía al agente O.O.S. (F.C. 480.054), por haber sido hallado responsable del cargo formulado en el Sumario Administrativo 437/21, y con ello transgredir los deberes establecidos en los incisos d) y g) del Artículo 6 de la Ordenanza 40.593, quedando aprehendida su conducta en la previsión contemplada en la reglamentación del Artículo 6, inciso "g" del Decreto 209/22 y en la del Artículo 36, inciso f' del citado Estatuto del Docente. Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por la Ministra de Educación y por el Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Notificar al agente O.O.S. (F.C. 480.054), en los términos del Artículo 63 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires, aprobada por Decreto de Necesidad y Urgencia 1510/97 (texto consolidado por Ley 6.764), con copia del Dictamen IF-2024-34555707-GCABA-DGSUM, haciéndole saber que el presente acto agota la instancia administrativa, sin perjuicio de que podrá articular dentro del plazo de diez (10) días hábiles, el recurso de reconsideración de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 50 de la Ordenanza 40.593 (texto consolidado por Ley 6.764), o el recurso previsto en el Artículo 466 del Código Contencioso Administrativo y Tributario, aprobado por Ley 189 (texto consolidado por Ley 6.764). Comunicar a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas, y a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires. Para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General Coordinación Legal e Institucional dependiente del Ministerio de Educación. Cumplido, archivar. MACRI - Miguel - Sánchez Zinny