Nación · Ley N° 24957

Ley 24957 - PRORROGANSE LAS DISPOSICIONESS DE LA LEY N° 24.437 PARA LOS EJERCICIOS 1995, 1996 Y PARA LOS DEVENGAMIENTOS CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO 1997.-

Estado no verificadoSanción: 29/04/1998Publicación B.O.: 28/05/1998Organismo: HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente oficial: InfoLEG. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ley 24.957 del 29/04/98 CONDONACION DE DEUDAS Ley 24.957 Prorróganse las disposiciones de la Ley N° 24.437 para los ejercicios 1995, 1996 y para los devengamientos correspondientes al ejercicio 1997. Sancionada: Abril 29 de 1998. Promulgada de Hecho: Mayo 22 de 1998. B:O: 28/05/98 El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de Ley: ARTICULO 1º- Prorróganse para los ejercicios 1995, 1996 las disposiciones de la Ley 24.437, las que serán igualmente de aplicación para los devengamientos correspondientes al ejercicio 1997. ARTICULO 2°- Comuníquese al Poder Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO. -REGISTRADA BAJO EL Nº 24.957- MARCELO E. LOPEZ ARIAS. -CARLOS F. RUCKAUF.-Esther H. Pereyra Arandía de Pérez Pardo.-Edgardo Piuzzi.