Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 185

ACEPTA RENUNCIA - JUAN PABLO FASANELLA  - DIRECTOR - TITULAR -  LOTERÍA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES SE - LOTBA SE - ORGANISMO FUERA DE NIVEL-  MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS - SE DESIGNA EN SU REEMPLAZO - MAXIMILIANO EZEQUIEL LETTO

Estado no verificadoPublicación B.O.: 26/06/2023Organismo: FUERA DE NIVEL-  MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS - SE DESIGNA EN SU REEMPLAZO - MAXIMILIANO EZEQUIEL LETTO
Fuente oficial: Boletín Oficial CABA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

VISTO: Las Leyes N° 538, 5.785 y 6.292 (textos consolidados por Ley N° 6.588), los Decretos Nros. 88/17 y 221/22, el Expediente Electrónico N° 21374180-GCABA- DGTALMHF/23, y CONSIDERANDO: Que por la Ley N° 5.785 se creó la Sociedad del Estado "Lotería de la Ciudad de Buenos Aires S.E." (LOTBA S.E.) en el ámbito del entonces Ministerio de Hacienda, con el objeto de autorizar, organizar, explotar, recaudar, administrar y controlar los juegos de azar, destreza y apuestas mutuas, y actividades conexas en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, siendo a tal fin designada Autoridad de Aplicación de la Ley N° 538 de Juegos de Apuestas; Que por la Ley N° 6.292, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que el artículo 2° de la citada Ley contempla entre los Ministerios del Poder Ejecutivo al Ministerio de Hacienda y Finanzas; Que por Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico funcional, dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando a LOTBA S.E. como Organismo Fuera de Nivel bajo la órbita del citado Ministerio; Que por el artículo 5° de la Ley N° 5.785, se dispuso que la dirección y administración de la sociedad estará a cargo de un Directorio integrado por cinco (5) miembros: Un

(1) Presidente y cuatro (4) Directores titulares, además contará con cuatro (4)

Directores suplentes "ad-honorem", correspondiendo al Poder Ejecutivo la designación de todos los miembros; Que por Decreto N° 88/17 se aprobó el Estatuto de la citada Sociedad del Estado, estableciendo en su artículo 10 que el término del mandato de los miembros del Directorio será de dos (2) ejercicios regulares, siendo reelegibles solo por dos (2) períodos consecutivos; Que mediante Decreto N° 221/22 se designó a partir del 1° de enero de 2022, al señor Juan Pablo Fasanella, DNI N° 31.532.608, CUIL N° 20-31532608-8, al cargo de Director Titular de Lotería de la Ciudad de Buenos Aires S.E. (LOTBA S.E.); Que el señor Fasanella, ha presentado su renuncia al cargo aludido a partir del 30 de mayo de 2023; Que mediante Acta de Directorio N° 229 de Lotería de la Ciudad de Buenos Aires S.E. (LOTBA S.E.), de fecha 31 de mayo de 2023, se aceptó la renuncia presentada por el nombrado; Que, en consecuencia, el señor Ministro de Hacienda y Finanzas propicia la aceptación de la mencionada renuncia a partir del 31 de mayo de 2023, y la designación del señor Maximiliano Ezequiel Letto, DNI N° 33.807.928, CUIL N° 20- 33807928-2, a partir del 1° de junio de 2023, como Director Titular de Lotería de la Ciudad de Buenos Aires S.E. (LOTBA S.E.); Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar la norma legal pertinente. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el artículo 5° de la Ley N° 5.785, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Aceptar, a partir del 31 de mayo de 2023, la renuncia presentada por el señor Juan Pablo Fasanella, DNI N° 31.532.608, CUIL N° 20-31532608-8, al cargo de Director Titular de Lotería de la Ciudad de Buenos Aires S.E. (LOTBA S.E.), Organismo Fuera de Nivel bajo la órbita del Ministerio de Hacienda y Finanzas. Artículo 2°.- Designar, a partir del 1° de junio de 2023, al señor Maximiliano Ezequiel Letto, DNI N° 33.807.928, CUIL N° 20-33807928-2, como Director Titular de Lotería de la Ciudad de Buenos Aires S.E. (LOTBA S.E.), Organismo Fuera de Nivel bajo la órbita del Ministerio de Hacienda y Finanzas. Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda y Finanzas y el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese a los interesados dejando constancia que deberán dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 14 de la Ley N° 6.357 (texto consolidado según Ley N° 6. 588), comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, y a la Lotería de la Ciudad de Buenos Aires S.E. (LOTBA S.E.), dependientes del Ministerio de Hacienda y Finanzas y a la Oficina de Integridad Pública, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Miguel p/p - Miguel Relaciones Tipo de relación Norma relacionada Detalle CESA DECRETO 221 2022 <p>Artículo 1° del Decreto N° 185-23 acepta a partir del 31 de mayo de 2023, la renuncia de Juan Pablo Fasanella designado por Decreto N° 221-22.</p>