Nación · Ley N° 27379

Ley 27379 - DECLARASE BIEN DE INTERES HISTORICO, EN LOS TERMINOS DE LA LEY 12.665, A LA CAPILLA DE LA ASUNCION DE LA VIRGEN DEL TRANSITO, UBICADA EN EL PUEBLO DE ASUNCION, DEPARTAMENTO DE LAVALLE, PROVINCIA DE MENDOZA.

Estado no verificadoSanción: 23/08/2017Publicación B.O.: 13/09/2017Organismo: HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente oficial: InfoLEG. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

InfoLEG - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos - Argentina BIENES DE INTERÉS HISTÓRICO NACIONAL Ley 27379 Declaración. El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley: ARTÍCULO 1° - Declárase bien de interés histórico, en los términos de la ley 12.665, a la capilla de la Asunción de la Virgen del Tránsito, ubicada en el pueblo de Asunción, departamento de Lavalle, provincia de Mendoza. ARTÍCULO 2° - La Comisión Nacional de Monumentos, de Lugares y de Bienes Históricos, dependiente del Ministerio de Cultura de la Nación, instrumentará todo lo atinente para el cumplimiento de la presente ley. ARTÍCULO 3° - Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTITRES DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE. — REGISTRADA BAJO EL Nº 27379 — MARTA G. MICHETTI. — EMILIO MONZÓ. — Eugenio Inchausti. — Juan P. Tunessi. e. 13/09/2017 N° 68406/17 v. 13/09/2017