Provincia de Buenos Aires · Ley N° 12566

Ley 12566/2000 - PRORROGA POR EL TÉRMINO DE DOS AÑOS LA VIGENCIA DE LA LEY 12261 (EXPROPIACIÓN INMUEBLES UBICADOS EN EL PARTIDO DE LUJÁN) A PARTIR DE SU VENCIMIENTO.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 02/01/2001
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[Pagina 1] Ñ | SOBERNACION J : A ca ~ pepe Prorrógase por el término de dos (2) años la vigencia de la Ley 12.261, 7 a partir de su vencimiento. ARTICULO 2°: Comuníquese al Poder Ejecutivo Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la fo Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los seis / ias del mes de diciembre del año dos mil. / . a a ES d 7 2007 BE. ae a ON a aa is De - is ON ALUANDRO HUGO CORVATTA o iiss | EN VICEPRESIDENTE 1* FRANCISCO J FERRO E UBS H. Senado dy Buenos Aires Presidente fest AN A H Camara de Diputados db ES Cen & . 7 y AE] le // y y Ing. EBOAREC HORACIO GRIGUOL! ef LS affetario Legislativo | JUANBARLOS Lppez ff mado de Buenos Aires Seg ano falivo ae . 46 de Drputados Pra de Bs. As, >.