Provincia de Buenos Aires · Decreto-ley N° 9317
Decreto-ley 9317/1979 - DEROGA ART.3 DE LA LEY 7309. (REF:ADOPTA EN LA PROV. NORMAS PROCESALES CONTENIDAS EN EL DEC-LEY NAC.8204/63 -REGISTRO DEL ESTADO CIVIL Y CAPACIDAD DE LAS PERSONAS -INSCRIPCION DE NACIMIENTO FUERA DE TERMINO- COMPETENCIA TRIBUNALES DE MENORES).
Estado no verificadoPublicación B.O.: 22/05/1979
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado.
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Decreto-ley 9317/1979 DECRETO-LEY 9317/79 LA PLATA, 8 de MAYO de 1979. VISTO lo actuado en el expediente número 2240-772/79 y la autorización otorgada mediante la Instrucción número 1/77, artículo 1, apartado 1.1.de la Junta Militar; en ejercicio de las facultades legislativas por ella conferidas, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Derógase el artículo 3 de la Ley 7309. ARTÍCULO 2.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.