Provincia de Buenos Aires · Ley N° 13279
Ley 13279/2004 - MODIFICASE LA LEY 13009, REF. EXPROPIACION EN EL PDO.DE BAHIA BLANCA.
Estado no verificadoPublicación B.O.: 31/12/2004
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Ley 13279 LEY 13279 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTICULO 1.- Agréguese a la Ley 13.009, el artículo 8° bis, que quedará redactado de la siguiente forma: "Artículo 8° Bis : Exceptúese a la presente de los alcances del artículo 47° de la Ley 5.708 (T. O. Decreto 8.253/86); estableciéndose en cinco (5) años el plazo para considerar abandonada la expropiación respecto de los inmuebles objeto de esta norma." ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.